Cristina Garaizabal

Los derechos de quienes ejercen la prostitución
(VII Jornadas de Pensamiento Crítico, diciembre de 2007)
(Página Abierta, 191, abril de 2008)


            Hace unos meses, la Comisión mixta de los Derechos de la Mujer del Congreso de los Diputados hizo públicas sus conclusiones después de un año largo de intensas consultas. Las conclusiones a las que llegaron han sido decepcionantes (1)
            El punto de vista sesgado y cargado de prejuicios morales que ha presidido los trabajos de la comisión no ha tenido en cuenta las situaciones concretas de las personas trabajadoras del sexo. Así, aunque en sus conclusiones se reconoce que no existen estudios fiables sobre la realidad de la prostitución, todas las medidas que se proponen parten del juicio previo de que sólo una mínima parte de la prostitución se desarrolla de manera voluntaria. La comisión  concluye que «no tiene sentido diferenciar la prostitución coaccionada de la voluntaria» y equipara constantemente la prostitución por decisión propia con la trata de mujeres con fines de explotación sexual.
            Las conclusiones de la comisión son un compendio de generalidades y abstracciones completamente ideologizadas que parten del pensamiento implícito de que la prostitución es algo deleznable en la que no puede haber voluntariedad (2). Es decir, se niega el derecho de las personas adultas a ejercer la prostitución, no se contempla su capacidad de consentimiento y se las trata como seres victimizados, fáciles de ser engañados... Y aunque el objetivo tendría que haber sido estudiar la realidad de la prostitución con sus claroscuros y sus complejidades, nada de esto se ha hecho en absoluto.
            La experiencia de Hetaira nos demuestra que hoy la prostitución puede ejercerse en condiciones muy diversas. Es cierto que existe un tanto por ciento de prostitutas que están obligadas por las mafias a ejercer en régimen casi de esclavitud. Éste es un porcentaje pequeño dentro del total de las prostitutas pero importante a tener en cuenta  porque sufren graves violaciones de los derechos humanos. Estas situaciones delictivas ya son perseguidas en la actualidad, pero las víctimas deben ser protegidas teniendo en cuenta también su capacidad de decisión y estableciendo medidas que reparen el daño que se les ha causado.
            Pero existe también un porcentaje mayoritario de trabajadoras del sexo que trabajan por decisión propia. Dentro de ellas se dan  multitud de situaciones que hay que diferenciar a la hora de legislar. Están quienes ejercen la prostitución como mal menor, entre las cuales algunas están deseando dejarlo. Éstas suelen ser una mínima parte, y esto se demuestra en la poca acogida que suelen tener los planes de “reinserción”, como suelen llamarlos las asociaciones que se dedican a ofrecer otras salidas laborales para las prostitutas que así lo desean, y acostumbran a ser prostitutas mayores que por su edad la prostitución las deja a ellas más que al contrario. Y están quienes hacen de la prostitución su trabajo principal, su medio de vida. También entre estas mujeres existe una gran diversidad de situaciones: quienes trabajan por cuenta propia o quienes son explotadas laboralmente por los dueños de los clubes; quienes trabajan en locales cerrados, pero de manera autónoma, o quien capta la clientela en la calle, en lugares más o menos inseguros; quienes tienen chulos que las “defienden”, pero que también las presionan, o quienes trabajan en solitario...
            Considerar a todas las prostitutas coaccionadas a ejercer la prostitución quita gravedad a quienes realmente están obligadas por terceros y somete a persecución y a peores condiciones de trabajo a quienes ejercen por decisión propia.

La lucha contra la trata

            Los trabajos de la Comisión mixta de los Derechos de la Mujer han estado presididos por el planteamiento de que hay que anteponer la lucha contra la trata de mujeres con fines de explotación sexual al reconocimiento de derechos para las trabajadoras del sexo, como si ambas cuestiones no pudieran abordarse al tiempo. Y esta idea es la que sigue dominando las políticas públicas sobre la prostitución.
            Este planteamiento tiene más que ver con una ideología determinada que con la realidad, pues como se ha demostrado en numerosas ocasiones, por ejemplo en Holanda, para que la lucha contra el tráfico sea eficaz debe darse en un marco en el que la prostitución voluntaria sea legal; sólo diferenciando claramente el delito de la legalidad es posible perseguirlo eficazmente. Por el contrario, en la situación actual las mafias se amparan en la alegalidad y semiclandestinidad que rodea a la prostitución voluntaria. La propia Guardia Civil, en su informe de la Unidad Técnica publicado en 2004, reconoce que «el ejercicio de la prostitución... tampoco está claramente reconocido como actividad laboral, por lo que la actuación policial contra el TSH con fines de explotación sexual se complica».
            Por lo tanto, para que la lucha contra la trata sea real, no son suficientes las proclamas generales y menos aún arremeter contra todos los clientes de la prostitución, como si ellos demandaran esclavas sexuales y no servicios sexuales libremente pactados.
Nuestro Código Penal castiga duramente la prostitución forzada. Pero para perseguir eficazmente este delito es necesario desarrollar medidas de protección a las víctimas, porque las que hoy existen son claramente insuficientes, como recoge el informe de la Guardia Civil antes mencionado: «La oferta de los beneficios de la Ley de Protección de Testigos no motiva mucho a la denuncia, debido a que conseguir esos beneficios en la práctica es muy difícil y costoso», ya que las víctimas tienen que «proporcionar datos esenciales» que sirvan para desmantelar la red. Es decir, los beneficios para las víctimas de trata que recoge la ley de testigos protegidos se aplican a modo de contraprestación y no como medidas de protección, teniendo en cuenta los principios de reparación que marca la ONU, en los que estas medidas se conciben con independencia de la identificación que la víctima haga de los responsables del delito.             La protección como contraprestación representa un grave problema, como también han denunciado otras organizaciones de derechos humanos o Amnistía Internacional.
El problema es más grave si tenemos en cuenta que ni siquiera se cumple lo establecido por la ley. Así, la ley de testigos protegidos, en su artículo 3.1, garantiza el anonimato de las víctimas (3). Sin embargo, todos hemos visto en alguna ocasión imágenes en televisión, ofrecidas por los propios cuerpos de seguridad del Estado, en donde las mujeres son alineadas frente a la barra del club, tratadas como auténticas delincuentes y no como víctimas de graves violaciones de los derechos humanos.
            Los Gobiernos de Holanda e Italia han puesto en marcha una serie de medidas que podrían adoptarse en nuestro país: por ejemplo, un servicio telefónico donde pueden comunicarse anónimamente los indicios percibidos de tráfico de personas; un relator estatal independiente sobre trata de personas; un periodo de reflexión de 3 meses en casas de acogida para que las mujeres puedan decidir si quieren denunciar el delito; la posibilidad de poder instalarse en una vivienda hasta que encuentre una por sí misma; la posibilidad de aprender castellano y recibir formación profesional antes de buscar un nuevo empleo; la posibilidad de conseguir permiso de residencia (temporal o permanente); la creación de una fundación contra el tráfico de mujeres para que ninguna quede desprotegida; “compensaciones económicas” por el sufrimiento ocasionado a las mujeres víctimas de tráfico, y un largo etcétera de medidas que en ningún momento se han contemplado en las recomendaciones de la comisión, que tan preocupada se muestra por la prostitución obligada.
            Por otro lado, el borrador del Plan de Acción contra la Trata con Fines de Explotación Sexual que está elaborando el Gobierno presenta también graves deficiencias, como ha denunciado Amnistía Internacional recientemente.
            Un primer problema es que se ha elaborado un plan exclusivamente para perseguir la trata con fines de explotación sexual, obviando otras formas de trata de seres humanos.
Desde mi punto de vista, se debería tener en cuenta la definición de trata del Protocolo de Palermo (artículo 3: «La trata de personas significará el reclutamiento, transporte, acogida o recibo de personas, por cualquier medio, para el trabajo o servicio forzado, la esclavitud o prácticas similares a la esclavitud, la servidumbre o la  remoción de órganos»), así como otras resoluciones y planes europeos en los que se aboga por un enfoque integrado de lucha contra todas las formas de trata, poniendo en primer término los derechos humanos de las víctimas y no los fines a los que se dirige la trata. No contemplar la inclusión de trata de seres humanos con fines de explotación laboral en otros campos o los matrimonios forzosos, es discriminatorio y contribuye a una mayor vulnerabilidad de las víctimas.
            Otro problema es que el plan no diferencia entre trata y tráfico ilícito de inmigrantes. Una diferenciación, desde mi punto de vista, fundamental, dada la gran cantidad de mujeres inmigrantes que han entrado en nuestro país de manera ilegal a través de redes de todo tipo, que les obligan a pagar cantidades de dinero abusivas pero no a trabajar en ningún ámbito en régimen de esclavitud.
            Como Dolores Juliano plantea, hay que establecer diferencias entre estas redes teniendo en cuenta la opinión y la decisión de las personas que las han utilizado así como los niveles de coacción que ejercen, y no meterlas todas en el mismo saco, porque en muchos casos las mujeres no denuncian no sólo por miedo sino porque consideran un mal necesario esas redes frente a las leyes de extranjería existentes y, por lo tanto, la única forma de poder llegar a nuestro país. Esta confusión terminológica tiene serias consecuencias tanto para la asistencia como para la protección eficaz de las víctimas de trata de seres humanos.
            Por último, la mayoría de medidas parece que están más centradas en la persecución y desarticulación de las mafias y redes criminales que en la protección de los derechos humanos de las víctimas, al contrario de lo que recomienda la mayoría de organismos internacionales (4)

Los planteamientos abolicionistas

            El aumento de la presencia de inmigrantes trabajadoras sexuales ha sido la excusa perfecta para el desarrollo de los planteamientos abolicionistas. El hecho de que generalmente aquéllas lleguen de manera ilegal, la falta de papeles, así como dedicarse al ejercicio de la prostitución en un país donde no está reconocida legalmente... favorece todo tipo de abusos sobre las inmigrantes que tienen menos recursos económicos. Esta situación ha servido de pretexto para definir la prostitución como violencia de género; y no se tienen en cuenta las condiciones que favorecen que algunas prostitutas sufran diferentes formas de violencia, sino que se considera que es la prostitución en sí,  y, por lo tanto, los hombres con su demanda, lo que hace que estos abusos sean posibles. Nuevamente, como desde esa corriente del feminismo se hace también en otros asuntos, se crea el binomio agresor/víctima y se reduce todo a un conflicto de género.
            Se afirma que las mujeres pobres que migran son obligadas a trabajar en la prostitución, bien por medio del engaño directo, bien a causa de su vulnerabilidad económica, que impide que puedan tomar decisiones responsables. El razonamiento permite sostener que la mayoría de las prostitutas, nada menos que el 95%, son víctimas forzadas a realizar esta “actividad” (5). Este dato no está avalado por ningún estudio concreto ni trabajo de calle, como ha tenido que reconocer la propia Comisión del Congreso muy a su pesar.
            Las cifras que ha recogido Hetaira, así como las que he tenido ocasión de consultar, no reafirman en absoluto este dato. Por el contrario, el trabajo que venimos haciendo en Hetaira desde hace 12 años nos dice que un 85% de las mujeres que captan su clientela en las calles de Madrid lo hacen por decisión propia, aunque, obviamente, esta decisión está condicionada por el nivel económico, cultural y social de estas mujeres, así como por el hecho de ser, en su mayoría, inmigrantes en situación irregular. Pero estas circunstancias no quitan para que muchas de ellas hayan venido a este país con la intención de trabajar como prostitutas, y otras muchas lo han decidido una vez aquí, cuando han visto las posibilidades laborales que nuestro país les ofrecía.
            Un 5% de las mujeres que Hetaira se encuentra trabajan claramente obligadas por mafias, que las controlan permanentemente y que no dejan que hablen con nadie, salvo con los clientes para establecer el trato. Así mismo, aproximadamente en un 10% de casos vemos que las mujeres tienen “amigos que las protegen” y que, probablemente, las someten a algún tipo de coacción, pues manifiestan miedos y están siempre muy alertas a lo que ellos puedan hacer.
            Parece claro que estas cifras no pueden generalizarse porque no están basadas en un estudio que tome una muestra amplia de la prostitución en el conjunto del Estado español, sino en nuestra experiencia en Madrid; pero creo que dan una idea más clara de la realidad, sobre todo de la prostitución de calle.
            Pero dejando de lado la guerra de cifras, no creo que con unas cifras u otras quede justificada la actitud de posponer el reconocimiento de derechos para quien ejerce la prostitución voluntariamente. La situación de la mayoría de trabajadoras del sexo no es blanco sobre negro, porque todo está muy contaminado por el estigma y por los abusos que se dan amparándose en la alegalidad e incluso en una abierta persecución policial de las que captan su clientela en la calle.
            Cuando la filosofía abolicionista guía las decisiones políticas presenta una serie de problemas que, en lugar de favorecer a las mujeres, como dicen pretender, acaba empeorando su situación y dejándolas más desprotegidas aún. En teoría, se dice que sólo penalizan a proxenetas y clientes y que “convencen” a las mujeres para que abandonen la prostitución, pero ¿qué pasa con aquellas que no quieren abandonarla? ¿Alguien les pregunta qué quieren hacer? Obviamente, no. Es más, cuando éstas dicen abiertamente que quieren continuar ejerciendo la prostitución, su decisión es cuestionada por considerarlas “trozos de carne que se venden” y “traidoras” de la causa feminista.
            Desde el feminismo siempre hemos defendido la capacidad de decisión de las mujeres y, en este sentido, hay que procurar que las medidas de protección para los sectores más desprotegidos de mujeres no vulneren esta capacidad de decisión, sino que la potencien, incluso en aquellos casos en los que se encuentra muy dañada a causa de haber padecido situaciones traumáticas.
            Por lo tanto, hay que contar con la opinión de las prostitutas, de todas, incluidas las víctimas de trata, a las que habría que ayudar a saber qué quieren hacer con sus vidas: si quieren quedarse en nuestro país o volver al suyo de origen, si quieren trabajar en otro ámbito laboral o ejercer la prostitución de manera autónoma, etc., y no tomar como primera medida, cuando se desmantela una red, la expulsión y deportación de las víctimas a sus países de origen.
            Pero ¿cuáles son las conclusiones a las que ha llegado la Comisión del  Congreso sobre esta cuestión? Plantea, en primer lugar, que «se debe contemplar la prostitución en el marco del Convenio de Naciones Unidas para la Represión de la Trata de personas firmado en 1948 y que considera la existencia de explotación sexual aunque exista consentimiento de la víctima»; en segundo lugar, que «no caben derechos laborales cuando existe vulneración de los derechos fundamentales»; y en tercer lugar, que «el fenómeno de la prostitución y el tráfico y la trata de mujeres están absolutamente relacionados; o que «las mujeres que han estado durante periodos de tiempo en situación de prostitución sufren importantes secuelas, tanto físicas como psicológicas».
            Esa comisión afirma, sin datos que lo avalen, que «en los países que se ha regulado la prostitución se ha incrementado  tanto la actividad de la prostitución  como el tráfico y  la trata de seres humanos». Y propone, por un lado, «desarrollar políticas de prevención para atajar las causas incidiendo en todos los elementos del sistema prostitucional  y que transmitan a la sociedad que la prostitución es una forma de violencia de género y una práctica que atenta contra los derechos humanos»; y por otro, «realizar  campañas de sensibilización  que permitan modificar la percepción social del uso de las mujeres como mercancía sexual y obtener una repulsa social generalizada hacia el comercio sexual como una vulneración de los derechos fundamentales de las mujeres en situación de prostitución, teniendo las campañas como objetivo la reducción de la demanda».
            Por último, la comisión solicita a los medios de comunicación «que en el marco de sus códigos deontológicos se planteen la renuncia a la publicidad relacionada con el comercio sexual para impedir el negocio de las organizaciones mafiosas dedicadas al tráfico sexual». Una orientación que sólo la sigue, curiosamente, el nuevo periódico Público o 20 minutos.
            Esta serie de medidas estigmatiza más si cabe a las prostitutas al considerarlas víctimas que sufren secuelas psicológicas y físicas. Así mismo estas conclusiones permiten normativas –y les dan cobertura– como las de los ayuntamientos de algunas grandes ciudades, que persiguen a las prostitutas que captan su clientela en la calle bajo la excusa de que éstas son las más explotadas por las mafias. O que se penalice a los clientes de la prostitución de calle, empeorando las condiciones de trabajo, porque los tratos deben ser rápidos y semiclandestinos, con lo que las prostitutas, además, salen perdiendo en esas negociaciones.
            Así mismo, la negación de que pueda existir una relación laboral entre los dueños de los clubes y las trabajadoras, porque sería contrario a la dignidad de las mujeres y al principio de igualdad, y la consideración de esta actividad como delito de proxenetismo, deja totalmente desprotegidas a las trabajadoras, que deben aceptar las condiciones empresariales abusivas (horarios de 24 horas sin descansos estipulados, imposición de la clientela y los servicios sexuales que ofrecen, porcentajes abusivos sobre el trabajo que realizan...) sin ninguna ley que las proteja.

El reconocimiento de derechos

            Existe un porcentaje muy elevado de mujeres que desean continuar ejerciendo la prostitución pero en mejores condiciones. Desean ser tratadas con dignidad, sin ser estigmatizadas ni discriminadas, y tener los mismos derechos que otros trabajadores; aspiran a poder trabajar en la calle pero en zonas tranquilas, seguras, sin ser molestadas y sin molestar a nadie... Este sector de mujeres es el que con frecuencia queda en el olvido cuando se habla de prostitución.
            Son mujeres que desean seguir ejerciendo la prostitución por decisión propia, aunque esta decisión esté condicionada por múltiples factores, como ocurre con todas las decisiones que las personas tomamos a lo largo de nuestra vida. Estos condicionamientos pueden ser muchos y muy determinantes, o pocos y menos determinantes, pero de lo que se trata es de mejorar la situación social de las mujeres en general y de aquellas más marginadas, pobres y excluidas en particular, para que cada vez los condicionamientos sean menores y el margen de decisión mayor.
Ofrecer servicios sexuales a cambio de dinero debe ser considerado una actividad lícita, y como tal debe ser reconocida legalmente como un trabajo. Se debe acabar con la hipocresía que hoy existe al respecto y articular los derechos sociales y laborales que se desprenden de ello. Seguir negando esto y mantener a las prostitutas en la situación actual contribuye a que sigan siendo explotadas laboralmente, perseguidas y acosadas por la policía y a que sufran abusos y agresiones de cualquiera que se lo proponga, como está sucediendo últimamente en Barcelona y Madrid.
            Ahora bien, en este proceso es fundamental que las trabajadoras del sexo se constituyan, y sean reconocidas, como sujetos sociales y sujetos de derechos. También que el debate que se genere sobre esta actividad y las medidas concretas que se adopten mejoren las condiciones de vida y de trabajo para que eso repercuta tanto en su autoafirmación personal como en la normalización de esta actividad. Será el conjunto de este proceso el que sirva para luchar contra el estigma que hoy recae sobre quien ejerce este trabajo. Para ello es imprescindible escuchar a las trabajadoras y legislar atendiendo a sus intereses y teniendo en cuenta que ellas suelen ser la parte más vulnerable del negocio de la prostitución.
            Del mismo modo, es necesario tener en cuenta que el trabajo sexual no es un trabajo como cualquier otro. Por el estigma que conlleva ejercerlo y porque se ofertan servicios sexuales en una sociedad en que la sexualidad está magnificada, se deben contemplar las especificidades que comporta este trabajo y tenerlas en cuenta a la hora de legislar sobre él. En este sentido, la legislación debe ser clara en defender la autonomía y la libertad de las trabajadoras en relación con los clientes y con los servicios sexuales que ofertan, sin que nadie pueda interferir en sus decisiones.
            Respecto a la prostitución que capta su clientela en la calle, es necesario pactar zonas de tolerancia o barrios rojos donde se pueda trabajar en buenas condiciones de seguridad, higiene y tranquilidad. Para establecer estas zonas son necesarias políticas persuasivas y no criminalizadoras, pues si esos espacios existen, la mayoría de las trabajadoras del sexo trabajarán ahí, porque ellas son las primeras interesadas en hacerlo en las mejores condiciones.

Una mirada feminista

            Para entender bien las situaciones complejas que se dan en el mundo de la prostitución, es necesaria una mirada multilateral, amplia, una mirada feminista integradora de las diferentes causas y problemas que confluyen en la realidad concreta. La prostitución, y más en concreto, la situación de las prostitutas, no puede ser explicada sólo por el afán de dominio y prepotencia de los hombres y de su sexualidad. Este reduccionismo no permite proponer las medidas adecuadas para garantizar de manera efectiva los derechos de todas las personas que ejercen la prostitución. En la práctica sólo sirve para empeorar las cosas.
            No creo que las feministas tengamos que ser las garantes de la moral pública estableciendo qué sexualidad es la políticamente correcta y cómo deben ser las relaciones sexuales entre mujeres y hombres. Por ese camino, el riesgo de caer en moralismos normativos que acaben coaccionando y limitando la capacidad de autodeterminación de todos, y especialmente de las mujeres, es evidente. Creo que las relaciones sexuales, al igual que otras relaciones que establecemos los seres humanos, deben estar guiadas por el respeto, la libertad, la capacidad de decidir... El que sean comerciales o no debería importar tan sólo a quienes participan en ellas.
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(1) Sobre el avance de las conclusiones de los trabajos de esa comisión, publicamos una entrevista a Cristina Garaizabal en el número 180 de PÁGINA ABIERTA (abril de 2007).
(2) Así, se plantea que «relacionar la prostitución con la libertad sexual es olvidar la actividad humana que es la sexualidad que requiere de una relación de igualdad y voluntariedad, una expresión de libertad compartida y en la que no puede caber la relación comercial que constituye en sí misma una situación de abuso, de poder [...] Cabe preguntarse si un país como el nuestro que desde la Constitución ha realizado un gran esfuerzo en pos de la igualdad entre mujeres y hombres puede regular la prostitución normalizando el comercio sexual  y “mandando” un mensaje de tolerancia social hacia estas prácticas atentatorias contra los derechos humanos [...]  La prostituta ha de tener la consideración de víctima: son víctimas del sistema, víctimas de sus proxenetas y víctimas de sus cliente y en numerosos casos han sido víctimas de abusos sexuales en la infancia».
(3) «Los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, el Ministerio Fiscal y la autoridad judicial cuidarán de evitar que a los testigos o peritos se les hagan fotografías o se tome su imagen por cualquier otro procedimiento, debiéndose proceder a retirar el material fotográfico, cinematográfico, videográfico o de cualquier otro tipo a quien contraviniere esta prohibición».
(4) Como recoge Amnistía Internacional: «El borrador refleja compromisos mucho más débiles en materia de protección, asistencia, retorno o integración de las víctimas que en materia de investigación policial contra las redes. Las Naciones Unidas recomiendan a los Estados colocar la protección, asistencia y reparación de las víctimas en un lugar central a la hora de elaborar sus políticas de lucha contra la trata».
(5) Esta cifra fue dada por la Plataforma para la Abolición de la Prostitución y repetida hasta el cansancio por la UGT, por el Instituto de la Mujer e incluso reproducida en un editorial del periódico El País.