Juan Francisco Martín Seco
La fiscalidad española
De una conferencia pronunciada  el 31 de mayo de este año (*).
(Página Abierta, 221, julio/agosto de 2012).

La teoría fiscal y la estructura fiscal concreta son una parte de la economía muy proclive a que el neoliberalismo económico concite y consiga adeptos, porque a nadie le gusta pagar impuestos. Existe un mensaje fácil y demagógico para ganarse a la gente: “vamos a bajar los impuestos”. De tal manera que ese discurso, al menos en España, se ha contagiado no solamente a los partidos de derechas, sino a los partidos teóricamente de izquierdas. Es de sobra conocida la frase de algún miembro del PSOE diciendo que “bajar los impuestos es de izquierdas”. El ciudadano ve siempre como un beneficio la bajada de impuestos, cuando en realidad puede esconder una trampa.

Si antes los impuestos eran un sistema por el cual los recursos del pobre iban al rico, a partir de cierto momento se empiezan a ver los impuestos como un sistema de redistribución de la renta; es decir, de corrección de esa distribución injusta que hace el mercado bajo el capitalismo. Es el fruto de los movimientos de izquierda, de las revoluciones sociales, del siglo XIX y principios del XX. Y ese sistema se hace más presente sobre todo a partir de la II Guerra Mundial y en los  países industriales, donde se desarrollan sistemas fiscales muy progresivos.
Sin embargo, años después, se produce lo que hemos llamado la revuelta de los ricos que encabezan Reagan y Thatcher. Es entonces cuando va tomando fuerza el neoliberalismo y el pensamiento único, que nace precisamente con una revolución de tipo fiscal: intentar que los sistemas fiscales sean cada vez más regresivos.

Pero para eso es necesario un disfraz: el mensaje de la bajada de impuestos que, en realidad, enmascara la intención de que los de arriba paguen menos y los de abajo mantengan el mismo pago fiscal. Un discurso que empieza en Estados Unidos y en Inglaterra, pero que después sigue en todos los países. Algo que a nosotros nos coge un poco a contramano: cuando estamos, precisamente, creando un sistema fiscal progresivo, es el momento en el que en Europa y en el mundo desarrollado empieza la regresividad, las medidas en el sistema fiscal para desarmar la progresividad que contenga.

Los sistemas fiscales progresivos se basaban, primero, en una preeminencia de la imposición directa sobre la indirecta. La imposición indirecta es una imposición que afecta a todos prácticamente por igual, por lo menos proporcionalmente, porque está en función de lo que se consume, y no tiene en cuenta las características del contribuyente y, por lo tanto, su capacidad de pago. Mientras que los impuestos directos sí tienen en cuenta la capacidad de pago, y se admitía y se aceptaba que tienen que ser progresivos, es decir, que según esa capacidad se han de incrementar los impuestos, de un modo más que proporcional. Es decir, que si una renta es el doble que otra, el impuesto no era solo que tuviese que pagar el doble, sino cuatro veces lo que el otro.

El primer alegato, en ese proceso de desarmar los sistemas fiscales progresivos, consiste en defender que hay que usar más la imposición indirecta que la directa. Y eso es lo que se está haciendo en muchos casos. Cuando la Comisión Europea nos da un año más de gracia para que ajustemos el déficit, una de las cosas que ha dicho es “intenten ustedes ir por la vía de los impuestos indirectos y dejen los directos, aumenten el IVA”. Y para ello se argumenta que, primero, los impuestos directos son muy malos porque desincentivan.

No se sabe muy bien lo que desincentivan. Se dirá que el trabajo, se dirá que el ahorro. O que desincentivan el consumo. Unas veces se dice que si no el capital se evade. Pero otras veces eximimos de tributación para que el capital vaya a fundar empresas en el extranjero.

Es decir, se trata de buscar excusas, pretextos, para intentar incrementar la imposición indirecta y reducir la imposición directa. Y, claramente, si se miran las cifras y las series históricas de la tributación en España desde el año 80 hasta ahora, se verá cómo, efectivamente, sobre todo desde el año 90 para acá, los impuestos indirectos han ido cobrando importancia con respecto a los impuestos directos.

También se emplea el argumento de que los impuestos indirectos son mucho más fáciles de recaudar y que puede haber mucho menos fraude; que son más fáciles de controlar. Lo cual es totalmente falso, porque la misma dificultad hay. Cuando una sociedad engaña en el impuesto sobre sociedades, está engañando de la misma manera sobre el IVA. Es decir, dejando aparte impuestos muy específicos, y cada vez menos, sobre los que antes el Estado tenía el monopolio y podía controlarlos fácilmente, como eran el del tabaco y el de los hidrocarburos, en los demás impuestos indirectos, indudablemente, existe el mismo fraude o más que en los directos.

El impuesto sobre la renta

La imposición directa, en casi todos los países, está basada en cuatro impuestos, que son los fundamentales y en los que se ha centrado la ofensiva en su contra: el impuesto sobre la renta, el impuesto de sociedades, el impuesto de sucesiones y el impuesto del patrimonio. Este armazón de cuatro impuestos directos daba una fiscalidad muy progresiva y permitía realmente, de una u otra manera, el control de las rentas. Y ha sido sobre ellos en donde se ha producido la ofensiva de la que hablamos. El primero, sin duda alguna, ha sido el impuesto sobre la renta, que es el impuesto más personal; uno de los impuestos que más sufrieron el ataque de Reagan y de Thatcher.

Se han utilizado cantidad de pretextos y de trampas para justificar la bondad de una rebaja del IRPF. En esta dirección, últimamente, se han llevado a cabo tres grandes reformas: la del año 1996-97 que hizo el PP, una segunda también del PP y después una tercera reforma que hizo ya el PSOE de Zapatero. En los tres casos, estas reformas del IRPF se vendieron a bombo y platillo diciendo que se rebajaba no sé cuánto el dinero a los contribuyentes, y que a los que menos ganaban se le rebajaba más que a los otros. Y seguro que la mayoría de la población así lo creyó, cuando se trataba de una especie de espejismo en la fiscalidad.

La gente echa únicamente cuentas de lo que le bajan los impuestos. Pero, primero, no echa cuentas de que por lo que le bajan a él los impuestos le bajan mucho más al de arriba, porque cualquier rebaja de un impuesto progresivo al final significa una disminución mucho más grande de las cargas fiscales del de arriba que del de abajo. Y, segundo, tampoco tiene conciencia de que ese dinero habrá de salir de alguna parte; que nada es gratuito, que hay un coste de oportunidad, y que, entonces, si se rebajan los impuestos, o bien se recauda ese dinero subiendo impuestos indirectos, o bien hay que reducir los servicios públicos,  de sanidad, de educación, de pensiones o de lo que sea.

Para esas reformas se resucitó un argumento que había demostrado claramente su inutilidad, la llamada curva de Laffer, que fue lo que dio origen a todo el discurso de Reagan: que bajando los impuestos sobre la renta se recaudaría más.

Reagan quería, por una parte, bajar los impuestos a los ricos, como había prometido en campaña electoral. Pero, al mismo tiempo, quería –como también se había se comprometido– subir tremendamente los gastos militares. Y así no le cuadraban las cuentas. Conoció entonces la teoría de la curva de Laffer que mostraba que a partir de un determinado grado de la subida de los impuestos la recaudación descendía; es decir, que si se subían los impuestos, la recaudación descendería; contra todo sentido común, claro. Reagan decidió que no tendría importancia la recaudación porque se iba a recaudar más bajando los impuestos. Y aquello fue un rotundo fracaso.

De entrada, el director de la Oficina Presupuestaria del Congreso, Stockman, dimitió automáticamente advirtiendo de que de esa manera el déficit se dispararía. Como así ocurrió. Y Reagan, que entró criticando el 2% del déficit que había dejado el presidente anterior, dejó el 6%. Porque, indudablemente, cuando bajó los impuestos descendió la recaudación.

Lo que sí hubo fue un cambio sustancial en la distribución de la renta. La Oficina Presupuestaria del Congreso, en sus estudios sobre la distribución de la renta, publicó que el 90% de la población pagaba más que antes de la reforma de Reagan; es decir, que la rebaja fiscal se había producido en un 10%, el tramo de las rentas más altas. Y que dentro de ese 10% realmente el que se había beneficiado era sobre todo el 1%.  Por otro lado, la carga fiscal había disminuido en un 36%; es decir, había bajado 15 puntos.

Bueno, pues este es el argumento que también se ha utilizado en España. Muchas veces se habrá oído decir que “sí que se bajan los impuestos, pero que se recauda más”. Ese resultado se mostraba, sobre todo, cuando bajaron el impuesto sobre la renta en una época de expansión económica, en pleno auge de la construcción y con una gran tasa de empleo. Entonces había el espejismo, efectivamente, de que se seguía recaudando. Y a lo mejor, en el impuesto sobre la renta, efectivamente subía la recaudación en un 4 o en un 5%. Lo que nadie decía es que si no se hubiese llevado a cabo esa rebaja habría subido en un 10%, lógicamente. Ni qué pasaría cuando la actividad económica involucionase, como así ha ocurrido, arrastrando en la caída la recaudación.

Se llevaron a cabo esas rebajas, y aquí ha ocurrido lo de Reagan. Aunque no tenemos esas estadísticas tan buenas de la Oficina Presupuestaria del Congreso, sí podemos constatar algunos datos en esa dirección. Desde el año 86 u 87, cuando yo estaba en Hacienda, el tipo marginal más alto era del 65%. Cuando empezaba la crisis, el tipo marginal más alto era del 43%; es decir, a los ricos se les había bajado 21 puntos la presión fiscal, gracias a todas las reformas desde el año 90 en adelante.

Otro elemento de progresividad lo dan los escalones de la tarifa. Y sobre esto también se ha debatido e intervenido con la premisa de que había muchos escalones de la tarifa y que era necesario simplificar el tipo. Incluso hasta el extremo de que –como algún loco llegó a proponer– había que crear un impuesto con el tipo único. Más que locura, ignorancia, porque con un impuesto así ni siquiera la suficiencia fiscal se hubiese mantenido. Por eso ningún Gobierno lo ha llevado a cabo. No tanto porque sea tremendamente injusto, sino porque crearía un problema de suficiencia fiscal.

Pero sí se redujeron los tramos; es decir, de 28 tramos que había en el impuesto original, antes de la crisis solo estaban establecidos cuatro (1). Después el PSOE, cuando empezó la crisis, aumentó un tramo más y luego otro más en 2011. Y ahora el PP ha vuelto a aumentar uno más. Y ese tipo marginal del 43%, del que hablábamos antes, cuando empezó la crisis, el PSOE tuvo que subirlo, casi de una manera simbólica, al 45%. Y el PP ha tenido que subirlo por cuestiones recaudatorias al 52%; pero con carácter provisional, indudablemente. Desde luego, no ha llegado al 65% en el que estaba antes de la primera gran reforma de 1991.

Es decir, que gran parte de los problemas que ahora tenemos en el sector público y de financiación y de déficit, etc., vienen y derivan de que durante los años anteriores se hicieron reformas fiscales claramente regresivas. Que se podían mantener mientras la actividad económica iba muy bien. Pero lo cierto es que cuando, al final, porque la economía es cíclica y porque, además, hacemos tonterías como la de entrar en la unión monetaria europea, nos encontramos con un problema de crisis grave, ¿qué es lo que ocurre? Pues que se empieza a recortar la sanidad, la educación y todo lo habido y por haber porque la recaudación ha caído.

Otras argumentaciones para bajar los impuestos directos

Una de esas argumentaciones usadas en los sofismas o mentiras que anidan en la imposición sobre la renta es la de que una imposición alta desincentiva el trabajo. Opinión que suena más bien a una blasfemia en un país donde hay tanto paro. Si alguien deja de trabajar por esa razón, entonces no viene mal esa decisión porque así permite la entrada de quienes están desempleados. Parece, por otro lado, que cuando se está a unos niveles de sueldos como los del presidente del Banco de Santander o el del BBVA, el tipo de poder que eso supone importa más, indudablemente, que ganar un poco menos. No creo que nadie decida trabajar mal porque la presión fiscal sea muy alta.

Otro argumento que se emplea es el de que hay que propiciar el ahorro. Aunque no sabemos muy bien por qué unas veces se dice que hay que propiciar el consumo y otras que hay que propiciar el ahorro. Desde luego, en estos momentos, lo que hay que propiciar es claramente el consumo. Pero es que propiciar el ahorro tampoco tiene mucho sentido, porque, primero, con libre circulación de capital lo cierto es que el ahorro ya no es español, el ahorro es global; es decir, que el capital vendrá o no vendrá. Tener aquí el ahorro no quiere decir que ese ahorro se vaya a invertir aquí; se puede ir a Pernambuco y, a su vez, el de Pernambuco puede venir aquí. O sea, que no tiene mucho sentido hablar de incentivar el ahorro.

Además, como Keynes planteó en su tiempo, lo que hay que incentivar no es precisamente el ahorro, porque el ahorro de los ricos, en lugar de ser algo necesario para que la economía marche, se convierte en un perjuicio al reducirse la demanda por falta de inversión. Lo que hace falta muchas veces es incentivar el consumo e incentivar aquellas rentas que tienen una propensión a consumir mucho más.

Por último, se dice que habría que bajar el impuesto sobre la renta porque ese impuesto solo lo pagan las rentas bajas, mientras que las rentas altas tienen formas de evadirlo. Bueno, primero, si tienen formas de evadirlo será porque el Estado, la Administración, el poder político permiten que lo evadan. Y permiten que lo evadan cuando dicen también que solo sucede porque únicamente se gravan las rentas del trabajo.

Ciertamente, en gran medida, solo se gravan las rentas del trabajo, pero porque uno de los elementos más regresivos de estas reformas de las que hablábamos que se hizo fue la separación, dentro del impuesto sobre la renta, entre rentas del capital, que tributan a un tipo mucho más bajo, y rentas del trabajo y el resto de rentas, que tributan a la escala progresiva. Entonces, es verdad que las rentas del capital están exentas de la escala progresiva. Ahora han hecho una pequeña escala progresiva del 21 y 27, provisional, para los próximos dos años (2), por la escasez de dinero que hay.

Con esta separación y diferenciación se atacaba, además, un punto clave del impuesto sobre la renta, que siempre se plantea dentro de la teoría fiscal: que se trata de un impuesto personal y global, que recoge todas las rentas del sujeto; porque es lo único que puede medir la capacidad económica del sujeto. Partir entonces, el impuesto sobre la renta –por un lado las rentas del capital y por otro las otras rentas– es uno de los elementos más regresivos de las reformas que se han aprobado, y más injustos.

Si la razón es que las rentas altas evaden esa imposición, entonces es que se quiere mantener el fraude o no se persigue adecuadamente. Se dice: “Es que las rentas altas no tributan por rentas de personas físicas, tributan por sociedades”. Y yo contesto: “Será porque se les deja”. La transparencia fiscal significaba que cuando las grandes fortunas tenían el dinero en una sociedad, pues automáticamente los ingresos de esa sociedad tenían que imputarse a sus socios.

Además, resulta muy curioso este argumento cuando, a renglón seguido, se reduce el impuesto de sociedades. Y se reduce el impuesto de sociedades no solo por el tipo nominal, del 35 al 30%, sino a través de un medio más eficaz: hay tal cúmulo de deducciones y tal cúmulo de exenciones dentro del impuesto de sociedades, que cuando uno va a ver cuál es el tipo efectivo, resulta que no llega ni al 10%. Y en ello, sobre todo, están implicadas las grandes empresas del país.

Las Sicav y otras sociedades de inversión

Esto nos lleva a uno de los asuntos que más fama ha cogido, el de las Sicav (Sociedades de Inversión de Capital Variable). Cuando se aprobaron en su momento se consideraban sociedades de inversión de capital colectivo, como los fondos de inversión. Estos fondos tributan al 1% porque la filosofía que está detrás, muy negativa pero que podría aceptarse, es la siguiente: “Los fondos de inversión sirven para facilitar que la gente que tiene unos ahorros –eso que llaman el capitalismo popular– pueda acudir a la Bolsa. Como quizá le es muy complicado hacerlo individualmente, tienen la opción de meter su dinero en esas sociedades que son las que acuden a la Bolsa”.

Por esa razón, se considera injusto poner una doble imposición, porque si paga el fondo de inversiones el impuesto social, o sea, el treinta y tantos por ciento, y después cuando el partícipe lo cobra y le gravan el impuesto sobre la renta, en ese caso sale peor parado que el que invierte directamente en Bolsa y solo paga el impuesto sobre la renta. De ahí el tratamiento especial de que los fondos de inversión paguen como impuesto de sociedades únicamente el 1%. Podría ser aceptable porque el que invierte a través de un fondo de inversión no controla su dinero, sino que lo ha metido allí y se lo controla el fondo.

Dentro de estas sociedades de inversión se crearon las Sicav (3), sociedades de capital de inversión colectiva, que eran básicamente lo mismo que los fondos, pero con matices, porque se trataba de sociedades anónimas en las que se exigía, para que fuesen de capital colectivo, que hubiese por lo menos cien socios con una aportación  de capital muy fuerte cada uno.

¿Qué pasó? Que ese instrumento financiero para poder tributar al 1% se hizo automáticamente muy atractivo para las grandes fortunas del país, que pensaron que en lugar de tener su dinero en sociedades patrimoniales, que tributan al 30 o 33%, además de cotizar el impuesto sobre la renta, podían acogerse a la fórmula de crear una Sicav. Y para salvar la obligada condición de que esa sociedad tuviese cien socios, buscaban los noventa y tantos hombres de paja que completasen ese número, los que en el argot fiscal llaman los “mariachis”.

Cuando se montaron estas Sicav, se produjo un choque con las grandes fortunas que estaban detrás de ellas: la inspección de Hacienda consideró que se estaba cometiendo un fraude fiscal y que esas sociedades no podían acogerse a una tributación del 1%. El Gobierno socialista de entonces, con Pedro Solbes de ministro de Hacienda, quiso que fuese la Comisión Nacional del Mercado de Valores la que, en un primer momento, llevase la contraria a Hacienda; pero como no podía, puesto que se trataba de una competencia de la Agencia Tributaria y de la Inspección Fiscal, lo intentaron resolver mediante un decreto, aprovechando que aún podía modificarse la ley de las Sicav al estar pendiente el reglamento que la desarrollaba. Maniobra que fue respondida por la asociación de inspectores, que amenazó con un recurso contra el uso de un decreto para modificar una competencia fijada en la Ley General Tributaria.

Al final, esta pretensión de que fuese competencia de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, dispuesta a dictaminar la legalidad de esa jugada de las grandes fortunas del país, fue lograda introduciendo ese cambio en una ley tramitada por iniciativa de CiU sobre la productividad de la tributación [julio de 2005]. Algo nunca visto, que se quitase un asunto fiscal de la competencia de la Agencia Tributaria y se le diese a la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

Faltaba por completar que se aplicase un carácter retroactivo a lo hecho hasta entonces, lo que se logró a través de la consideración de que se trataba de un asunto de interpretación de la ley que podía resolver el Tribunal Económico y Administrativo. El resultado: las grandes fortunas de este país siguen en las Sicav.

Pero en este asunto de los agujeros fiscales o de la falta de  imposición fiscal a las rentas de capital hay un tema todavía más sangrante, porque es mucho menos conocido: las empresas de tenencia de participaciones extranjeras o de valores extranjeros. En el año 95 –estando también Pedro Solbes en el Gobierno– se aprobó una ley que regulaba este tipo de sociedades (4). A la que después el PP daría  más contenido. Son sociedades que se crean únicamente con la finalidad de tener títulos extranjeros, participaciones en sociedades extranjeras. A quienes las constituyen se les exime absolutamente de cotizar a Hacienda por todos los beneficios que obtengan por los dividendos de esas sociedades, que suelen ser filiales, o por las plusvalías que obtengan al venderlas.

Un ejemplo hipotético: Telefónica, por ejemplo, quiere invertir en Chile. Para ello crea una de estas sociedades y hace que los beneficios que traiga de Chile estén exentos del impuesto sobre sociedades. Pero eso no es lo peor. Lo peor es que están exentas las plusvalías y, sin embargo, se pueden descontar los gastos. De tal manera que si Telefónica pide un crédito a un banco para esa inversión en Chile, puede deducirse los intereses que está pagando por ese préstamo.

Patrimonio y sucesiones

El de patrimonio y el de sucesiones son dos impuestos que han estado en el ojo del huracán estos tiempos de atrás. En relación con ellos se puede decir, en primer lugar, que en la Transición se cometió el gran error de ceder su regulación y administración a las comunidades autónomas. Con lo cual, según se les ha ido dando capacidad normativa a las CC AA se han convertido en impuestos que cada comunidad maneja de forma distinta. Y entonces se ha producido lo que se llama “dumpin fiscal”: si una comunidad autónoma reduce el impuesto, la de al lado tiene que terminar por reducirlo, porque si no, los contribuyentes, muy fácilmente, se le van a otra donde menos gravan esos impuestos.

En Madrid, Esperanza Aguirre casi dejó vacío el impuesto de sucesiones, señalando, además, que pensaba recaudar más tras esa reducción. Y, efectivamente, en esta ocasión sí era verdad, porque, lógicamente, toda persona que pagase el impuesto en Guadalajara, ponía su domicilio fiscal en Madrid, si tenía posibilidades. Pero, claro, entonces pagaban el impuesto sobre la renta en Madrid, con lo cual Madrid incrementaba su recaudación fiscal.

Este es un problema de la Unión Europea. La diferencia de los sistemas fiscales en los distintos países produce este “dumpin fiscal” entre unos y otros, pugnando por ver quién baja más los impuestos para atraer capital. Y aquí se está empezando a dar en una proporción que es mucho más grave porque es mucho más cercana. Porque desplazarse de

La Rioja a Polonia no es tan fácil, pero hacerlo al País Vasco es realmente sencillo. Es verdad que la crisis mantiene de momento a todas las comunidades autónomas muy amordazadas, porque no pueden bajar todo lo que quisieran. Pero el problema, ciertamente, está ahí.

Patrimonio y sucesiones fueron dos impuestos que se cedieron a las autonomías y yo creo que eran impuestos que nunca se deberían haber cedido. En impuestos indirectos se puede ceder mucho más, pero, en impuestos como el del patrimonio o sucesiones, entrar en competencia desleal entre las distintas comunidades es un auténtico suicidio.

El impuesto de patrimonio, durante un tiempo eliminado, se ha tenido que volver a establecer, por la crisis, pero siempre se le ha atacado desde todos los puntos de vista, con el argumento de que supone una  doble imposición: “El impuesto de patrimonio ya se ha pagado por renta”. Y lo mismo el de sucesiones. Lo cual es totalmente falaz, porque según eso, no podríamos tener más que un solo impuesto. Pensemos, por ejemplo, en el IVA. Indudablemente, cuando vas a consumir algo, ese dinero ya ha pagado en renta. Y, sin embargo, nadie dice que el impuesto del IVA es de doble imposición y que no debería existir porque ya está pagado en renta.

Son impuestos totalmente necesarios porque implican la acumulación de la renta. El impuesto sobre la renta necesita unos complementos claros como son el impuesto sobre el patrimonio y el impuesto de sucesiones.

Al impuesto de patrimonio se le han puesto muchos peros, desde considerarlo injusto porque supone un doble gravamen a rechazarlo porque grava únicamente a los de rentas bajas. Sin embargo es un impuesto, como todo impuesto, que admite todo tipo de formulaciones. Se puede modificar; como, por ejemplo, colocar el límite exento donde convenga. Y puede haber determinados bienes que, por lo que también convenga, queden exentos.

El impuesto de patrimonio es complementario al impuesto sobre la renta por dos motivos. En primer lugar, siempre, en materia fiscal, se ha mantenido que lo que se llamaban rentas no fundadas había que gravarlas menos que las rentas fundadas. Rentas no fundadas son las rentas del trabajo y rentas fundadas son las rentas del capital. Y se pensaba que había que gravar menos las rentas del trabajo que las rentas del capital porque el que genera rentas de capital tiene más asidero que la renta: el patrimonio. Claro que esto se ha venido abajo desde el momento en que aquí se han separado, incluso en el impuesto sobre la renta, y se gravan más las rentas del trabajo que las rentas del capital. Pero dentro, diríamos, de la filosofía de la doctrina fiscal, siempre se había defendido lo antes señalado. Entonces, el impuesto sobre el patrimonio venía a compensar esa separación y el que se gravaran más las rentas del trabajo.

La segunda razón parte del hecho de que hay patrimonios que no generan renta nunca, porque son, por ejemplo, ornamentales, y entonces quedarían fuera de la imposición fiscal si no es por la figura del impuesto de patrimonio.

Juan Francisco Martín Seco es economista; ha ocupado desde 1972 diversos cargos en la Administración del Estado (entre otros, en el servicio de Estudios del Banco de España, como interventor de la Administración del Estado y, más tarde, secretario de Estado de Hacienda). Se ha dedicado también a la docencia universitaria y ha escrito en muy variados medios de comunicación, en particular, y en los últimos tiempos, en Público. Es autor de numerosos ensayos, entre ellos Economía. Mentiras y trampas (Paidós, 2012).

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(*) En La Bóveda, local de Acción en Red-Madrid.
(1) La primera gran regulación se produjo gobernando UCD en 1978. Entonces se establecieron 28 tramos que iban del 15% al 65%. De ahí se pasó a la reforma socialista de 1991, en la que se redujeron  a 17 los tramos y la imposición porcentual quedó fijada entre el 20 y el 53%. Otra reforma posterior ya en 1998, la primera del PP, bajó radicalmente el número de tramos a 6, fijando entre el 18% y el 48% la imposición a la renta. Una más del PP, en 2002, dejó el número de tramos en 5, que se gravaban entre el 15 y el 45%. Gobernando de nuevo el PSOE, antes de la crisis, se bajó a 4 el número de tramos, con unos porcentajes entre el 24 y el 43%. Y el propio Zapatero, ya en 2011, subió a dos tramos más esa escala de tipo y subió dos puntos el tipo marginal más alto. Rajoy, por su parte, añadió un tramo más, dejándolos en 7, y aumentó hasta el 52,7% el tipo marginal más alto.    
(2) La imposición fiscal para las rentas de capital se modificó entre diciembre de 2011 (Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de Medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público) y con las correcciones publicadas en el BOE del día 10 de enero de 2012. Para el 2011, estaban establecidos dos tramos con dos tipos, el 19% y el 21%. Para el 2012 y 2013, tres tramos: 21, 25 y 27%.
(3) Ley 35/2003, de 4 de noviembre, que regula las Instituciones de Inversión Colectiva.
(4) Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades.