Juan Zubillaga

¿Una vía de unidad o de confrontación?
(El País | País Vasco, 7 de marzo de 2004)

Las palabras no son unívocas, pueden significar cosas muy diferentes. Por eso, cuando una palabra se erige en fetiche resulta interesante precisar qué es lo que puede significar en un contexto político concreto. Cuando se alude al derecho de la autodeterminación como elemento de solución, tanto de los problemas del País Vasco como de los de un país africano de los años 60, parecería que nos estuviéramos refiriendo a una misma solución para dos problemas diferentes. En alguna medida, en esto reside parte de la capacidad de confusión que proporciona la posibilidad de una consulta de autodeterminación. Y es que, en el imaginario de mucha gente, se realiza la transferencia inversa: dado que en nuestro país tiene sentido hablar de autodeterminación, se parecería a un país africano de los años 60, y toda la literatura originada en aquellas circunstancias sería aplicable a nuestro caso.

Pensemos simplemente en que el desarrollo teórico de este derecho se realizó para países cuyos habitantes carecían (y hoy día también en muchos casos carecen) de derechos ciudadanos, además de no contar con instituciones propias. Para ellos, el ejercicio del derecho de autodeterminación equivalió pura y simplemente a la independencia, como estatus desde el que poder promover el ejercicio de los derechos civiles y el desarrollo institucional.

En nuestro caso, y dejando aparte la discutible ilegalización de Batasuna y el acoso que sufren muchos ciudadanos y ciudadanas por sus ideas, esos derechos ciudadanos existen realmente y la ciudadanía se puede expresar en medios muy diversos.

Autodeterminarse es tomar decisiones, lo que se puede hacer de diversas formas. Un ejemplo de acto de autodeterminación con una decisión directa fue la aprobación del Estatuto, que sellaba un pacto no sólo entre los territorios de la Comunidad Autónoma Vasca (CAV) y el resto del Estado, sino también, y sobre todo, en el seno de la población vasca. Al tiempo, el ejemplo más corriente de decisión indirecta es la posibilidad continuada de elegir unas propuestas políticas y de cerrarle el paso a otras. En un país africano de los 60 no se podía hacer ni lo uno ni lo otro. Cuando se aprobó el Estatuto, hace ya 25 años, estábamos saliendo de una dictadura y todavía no se sabía bien lo que iba a dar de sí un nuevo régimen democrático que había nacido vigilado por los nostálgicos del franquismo. Pero esa circunstancia no impidió que la aprobación del Estatuto fuese un acto de autodeterminación. Los entonces críticos de esa opción pudimos defender nuestros argumentos y en el proceso se reveló que los partidarios de apostar por aquel Estatuto de autonomía eran muchos más que los que propugnaban su rechazo (bien porque les parecía escaso o bien porque les parecía excesivo) o que los que entonces llamábamos a la abstención. Otra cuestión es que el desarrollo práctico del Estatuto durante estos años haya erosionado, al menos en parte, este consenso.

Autodeterminarse no es esperar a un día D para tomar la madre de todas las decisiones sino que es tomar decisiones de forma continuada, unas veces de forma directa, otras de forma más indirectas. Es elegir opciones y caminos que siempre se nos presentan sujetos a mil condiciones y a circunstancias que no controlamos del todo. Algo semejante a lo que nos ocurre a los humanos en nuestra esfera personal y en nuestra vida familiar a lo largo de nuestra existencia. No hay decisiones absolutas, ilimitadas e incondicionadas. La declaración del Parlamento vasco de 1990 abogaba precisamente por este contenido más bien gradual, dinámico y democrático, paso a paso, que incluye el conjunto de decisiones "que el pueblo vasco vaya adoptando a lo largo de su historia, atendiendo a los condicionamientos internos o externos de la coyuntura histórica y a sus posibilidades reales".

Si nos fijamos en las técnicas que fueron empleadas para construir la, por aquí tan denostada, Constitución, podemos recordar que no hubo un ilusionante plan Suárez. Se partió de una ponencia que, aunque lamentablemente excluía al PNV, incluía a partidos que habían luchado sanguinariamente, en bandos contrarios, en la guerra civil. La exclusión del PNV, por motivos estrictamente sectarios (para no tener que incluir también a Tierno Galván), fue un desacierto y demostró poca altura de miras. Pero no hay que olvidarse de que en la ponencia, a través del nacionalista catalán Miquel Roca (CiU), estaban representados el punto de vista y los intereses de los nacionalismos históricos y, en particular, del grupo parlamentario vasco-catalán. A pesar de las limitaciones y defectos de la Constitución española, ésta ha conseguido superar en buena medida la España de la guerra civil, y ello tiene su base en la consecución de este consenso bastante amplio. De hecho, es justamente en el País Vasco donde no se consiguió ese consenso, el lugar en que todavía resulta problemática.

La madre del cordero está en que muchos confunden, en nuestro caso, la situación de un país africano de los 60 (colonizado, sin libertad, sin instituciones propias, etc.) con el hecho de que los proyectos nacionalistas vascos no hayan alcanzado hasta ahora un apoyo más amplio: en la CAV no han superado nunca el 41% del censo electoral; en la Comunidad Foral de Navarra oscilan alrededor del 15% del censo electoral; en Iparralde no llegan siquiera al 5% del censo electoral.

El ejercicio del derecho de autodeterminación requiere elaborar un consenso que haga aparecer un punto de encuentro entre la mayoría de la población para alcanzar mayores cotas de libertad y democracia. Supone construir un pacto entre demócratas que actúe como factor de integración en el país, de manera que no sea un arma arrojadiza de una parte de la población contra la otra. En sociedades complejas y muy plurales como la nuestra, cuando hay una división muy acentuada entre distintas ideologías o cuando la población tiene identidades nacionales que son diferentes y mucha gente, además, no lleva bien la existencia misma de esa diversidad, el ejercicio de la autodeterminación no puede ignorar esa circunstancia, al menos si se pretende ejercitar de una manera medianamente responsable.

Un referéndum de autodeterminación puede ser motivo de discordia si divide al país en dos partes de parecido tamaño, como podría suceder si se hace una propuesta de tipo frentista. O puede ser motivo de integración si es la ratificación de un acuerdo transversal que suponga concesiones mutuas de las diferentes sensibilidades. Creer que el derecho de autodeterminación consiste en realizar un referéndum en el que se voten a la vez varias fórmulas (una contra otra) y la mayoritaria sea la que vale es una visión simplista que poco bien puede traer a nuestro país. La autodeterminación servirá para algo si es la expresión de una voluntad integradora. En definitiva, es el problema al que se enfrentan los redactores de cualquier propuesta de tipo constitucional: cuando este tipo de propuestas se aprueban sin consenso duran muy poco.

Por último, y no lo menos importante, hay que señalar que resulta imposible conseguir nada de ésto, sin haber llegado a que todo el mundo utilice exclusivamente vías civiles. Lo cual, traducido, quiere decir no sólo que ETA declare una tregua indefinida, también que desaparezca y pase a ser un hecho puramente histórico.