CTXT, 7 de julio de 2021.
Tres razones por lo que algunos sectores del feminismo consideramos la ley de
Garantía Integral de la Libertad Sexual innecesaria y equivocada en su
enfoque y en sus propuestas.
En tiempos sí hizo falta. Había que poner fin a aquella indignidad, aquel título del Código
Penal que contemplaba “los delitos contra la honestidad” y que por omisión permitía las
agresiones a mujeres “deshonestas”. E hizo falta un movimiento feminista potente, activo,
con las ideas claras, que exigió la restauración de la dignidad, de la libertad sexual de las
mujeres. Fueron varios años de movilizaciones y denuncias hasta que, en septiembre de
1995, el Parlamento aprobó la ley orgánica por la que se reformaba el Código Penal en su
Título VIII, que pasó a llamarse “Delitos contra la libertad e indemnidad sexual”, y que
recogía casi en su totalidad las exigencias feministas, entre las que, por cierto, no estaba la
exigencia de aumentar los años de prisión para los agresores.