Pilar Uriona Crespo y Dunia Mokrani Chávez

Democracia y conflicto: La Asamblea Constituyente, el gobierno nacional y los estatutos autonomicos departamentales
Programa de las Américas
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            En Bolivia, los diferentes ciclos de movilización social, desde el año 2000, han creado las condiciones de posibilidad para avanzar en un proceso de transformación política y social en el país, desde un proyecto político imaginado por los movimientos sociales. La crítica central apunta al proceso de privatización que sustentó el modelo económico y político implementado en Bolivia desde 1985, bajo la forma de reformas estructurales dictadas por el Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Mundial (BM).

            A lo largo de los años noventa, este paquete de reformas económicas estructurales es implementado junto a una serie de reformas políticas, enfocadas principalmente en procesos de descentralización, a través de la promulgación de leyes como la de Participación Popular, que reconocía en lo local cierto nivel de intervención de las comunidades en la gestión municipal. Estas transformaciones, en algunos casos dieron lugar a experiencias de autogestión municipal desde interacciones con las comunidades. Sin embargo, de manera general, posibilitaron la penetración partidaria en espacios políticos comunitarios, debilitando formas de organización política propias a favor del modelo económico y político liberal.
            Cabe preguntarse qué fue lo que impidió a la democracia liberal, una vez que entrara en crisis el modelo marxista como opción antagónica a la misma, consolidarse como forma de gobierno permanente en países que albergan tantas formas de diversidad cultural y étnica como Bolivia.
            Dentro de la concepción racionalista del liberalismo, la condición necesaria para que la democracia pueda constituirse como un régimen de negociaciones pacíficas que garantice la expresión de la diversidad es que, en la práctica, exista una clara división entre lo público y lo privado. Ahora bien, en tanto se mantuvieron separados ambos espacios, la democracia liberal logró adhesiones que la identificaron como la mejor forma de gobierno posible, gracias a que asumía que la sociedad civil y la sociedad política persiguen fines distintos y que el punto de encuentro entre ambas se daba sólo en el momento electivo. En el mismo, los ciudadanos optaban por delegar a un representante (vinculado a un partido político) la tarea de velar por sus intereses, suponiendo que el mismo mediaría para su consecución, obedeciendo el mandato de sus electores.
            Pero, ¿qué sucede cuando esos representantes gestionan la política intentando establecer un orden que privilegia las demandas de determinados grupos sociales (nacionales e internacionales) y excluye las reivindicaciones que, en función al pluralismo, exigen otros grupos (mayoritarios) que también conforman la sociedad civil y que entran en conflicto con las primeras?
            En estos casos, la representación política entra en un proceso de pérdida de legitimidad, fundamentalmente porque los partidos políticos tradicionales demuestran una incapacidad para caracterizar y, en consecuencia, defender—en su calidad de mediadores, tomadores de decisiones y relacionadores—lo que desde la óptica liberal se define como "bien común".
            Así pues, para inicios de 2000, en Bolivia quedaba claro que la forma tradicional de hacer política y de ocupar lo público a través del recurso a la mediación de actores económicos que, según los discursos oficiales, beneficiaban el desarrollo y crecimiento económico (las transnacionales), y de actores políticos que intervenían los espacios de poder (partidos) había perdido fuerza, desgastándose casi totalmente.
            De ahí que el fracaso de la democracia representativa podía explicarse teniendo en cuenta que, a pesar de los intentos por generar instancias de participación popular y social mediante la convocatoria a diálogos nacionales, los partidos políticos no tuvieron la capacidad de comprender que en su composición interna y en la ocupación de los espacios estatales de poder habían excluido a grupos organizados, mayoritarios y con amplia capacidad de movilización como son los sectores de origen campesino, ya sea aquellos que constituyen el movimiento cocalero del Chapare, o los sindicatos dirigidos en ese momento por Felipe Quispe Huanca como líder de la Confederación Sindical Unica de Trabajadores campesinos de Bolivia (CSUTCB).
            De igual forma, el 2000 evidenció además la existencia de dos discursos antagónicos, dispares, irreconciliables, que, en palabras de Oscar Olivera, inducían a pensar que la democracia era hasta entonces una "propiedad privada", cuyos contenidos y prácticas aislaba a lo social en la toma de decisiones directas sobre los aspectos que, de un modo u otro, les concernía en lo cotidiano.

La fuerza del movimiento social

            Así, el movimiento social, como principal interpelador del Estado, entre el 2000 y el 2005 va adquiriendo nueva fuerza, fundamentalmente porque la línea discursiva que lo articula acerca lo político a lo cotidiano, exponiendo en el ámbito público el hastío social frente a la incapacidad partidaria para involucrarse con las necesidades vitales de los representados.
            Recuperando las líneas que logran la identificación social con las demandas cocaleras, campesinas y populares urbanas, los movimientos sociales articulan una agenda de demandas cuyo cumplimiento el Estado debía garantizar para dar fe de la veracidad de su intención de acercarse a estos movimientos. En dicha agenda, son temas prioritarios la nacionalización de los recursos naturales y la convocatoria a la Asamblea Constituyente, como instrumento para lograr una transformación estructural que permita, por un lado, configurar un nuevo pacto social que se centre en la superación de todas las formas de exclusión existentes, aunque enfatizando en aquella que afecta a los pueblos indígenas, y, por otro, plantear el reconocimiento de esos sectores excluidos como actores y sujetos autónomos, iguales y capaces de apreciar su propio valor.
            Sin embargo, para el 2003, el gobierno de Gonzalo Sánchez de Lozada no daba aún ninguna señal positiva que permitiera creer que, desde el Estado, se buscaría conciliar la agenda gubernamental con la de los movimientos sociales. Así, el intento por implementar un impuesto a los salarios volvió a tensionar el clima político en febrero de ese año, mientras que para octubre quedó confirmada la negativa de los sectores sociales, expresada por Evo Morales, a acceder a un reencuentro nacional. Este rechazo era la forma de censurar la política gubernamental que no aceptaba tratar el tema de la propiedad y destino del gas ni el aumento de un 18 a un 50% de los impuestos petroleros. Nuevamente, el argumento que cohesiona al movimiento social se centró en la defensa de los recursos naturales y en la distribución de los beneficios que de éstos derivarían a favor del pueblo boliviano.
            En 2005, la postulación de un actor de estos movimientos para dirigir el país era inminente; en las elecciones de ese año, Morales logró la toma del poder a través de las elecciones que le asignaron un 54% de votación favorable. Sin embargo, la victoria del Movimiento Al Socialismo (MAS) y su preeminencia sobre otras organizaciones que también fueron parte del proceso de politización que encumbró a los movimientos sociales como nuevos actores políticos, se explica sobre todo porque los líderes de este partido supieron, como señalan Jorge Komadina y Cèline Geffroy, sacarle partido a tres aspectos fundamentales: la estrategia política, la organización y la identidad.
De esta manera, desde la acción colectiva desplegada en los diferentes ciclos de movilización, en Bolivia, se resiste, por un lado, a la estructura de dominación heredada de la colonia y por otro lado la estructura de desigualdades cimentada en el modelo privatizador de las empresas nacionales y el monopolio partidario de la política.

Asamblea Constituyente y Estatutos Autonómicos Departamentales

            El 6 de marzo de 2006, se promulga la Ley nº 3365 de Convocatoria a la Asamblea Constituyente, al tiempo que se convoca a la consulta para el Referéndum Nacional Vinculante a la Asamblea Constituyente para las Autonomías Departamentales. Con esta fórmula se pretende resolver un profundo conflicto entre dos proyectos políticos radicalmente opuestos, equiparándolos de manera artificial a través de estas dos normas.
            El gobierno nacional presenta ambas convocatorias como el resultado de dos procesos sociales empujados por dos tipos de lucha, el de la Asamblea Constituyente, como producto de las reivindicaciones sociales gestadas durante los diferentes ciclos de movilización social y el de las autonomías departamentales, presentada como producto de una larga lucha contra el centralismo gestada desde las diferentes regiones. En ese momento, al equiparar estos procesos, se soslaya un hecho fundamental, el que los grupos de poder económico y que tradicionalmente gobernaron el país, ahora afincados en espacios departamentales de poder en las regiones, habían hecho de la lucha contra "el centralismo" la expresión de su resistencia a perder privilegios. El gobierno, lejos de plantear una lectura propia sobre el problema de la descentralización, asume como válido el discurso de la derecha, según el cual el problema real de la estructura centralista del Estado boliviano, sería la cuestión fundamental para entender las estructuras socioeconómicas excluyentes en el país, esquivando el problema de la condición colonial y de clase.
            El proyecto político de la derecha se construye a partir de la articulación de los gobiernos departamentales de la oposición bajo la consigna de una supuesta lucha común contra el centralismo y embanderando proyectos autonómicos departamentales. Hábilmente los grupos de poder, que tradicionalmente habían ocupado las instancias del gobierno nacional hoy las critican. Cuando ese Estado llamado centralista es ocupado, en su núcleo principal, por sectores sociales históricamente excluidos, empiezan a plantear que esta conformación estatal no sería ya viable y postulan una reconfiguración estatal a partir de la suma de gobiernos regionales, queriendo restarle importancia al hecho histórico de que un indio ocupa la primera magistratura de la nación.
            De esta manera, disputan la importancia del cargo que hoy ocupa Evo Morales Ayma, queriendo equiparse desde la figura de "gobernadores", que no existe en la estructura legal vigente en el país. Así, se viene produciendo desde las regiones, por un lado, un movimiento político conservador, que capitaliza el descontento social en las poblaciones de estos lugares por un mal implementado proceso de descentralización y se opone a cualquier medida gubernamental que suponga redistribuir la riqueza. Por otro lado, se inicia una dinámica política general en la que es central la disputa por la interpretación del concepto de democracia desde diferentes escenarios, el constituyente, el regional y el del gobierno nacional, que constantemente pone en cuestión la legalidad y la legitimidad de cada uno de los actores políticos.
            Hoy, lo que está en juego es el control del excedente económico proveniente del proceso de nacionalización, la prerrogativa en la decisión sobre el destino de los recursos naturales y la definición de las políticas sobre tenencia de la tierra.
Desde el inicio de la Asamblea Constituyente, la derecha opositora ha ido desplegando una estrategia de bloqueo constante a la posibilidad de una reforma política profunda que pueda afectar sus intereses de clase. Uno de los temas centrales, que ha sido introducido al debate constituyente con este fin es el de la capitalía. La demanda de la capitalía es el pedido mediante el cual autoridades departamentales, organizaciones cívicas, sociales y estudiantiles de Sucre reclaman el retorno de los Poderes Ejecutivo y Legislativo de la actual sede de gobierno, La Paz, a esta ciudad.
            Esta demanda tiene un significado especial en la historia política nacional, pues retrotrae a la memoria la Guerra Federal de 1899, que enfrentó a las élites del departamento de La Paz y a las de Chuquisaca, cada una afincada en un proyecto político, sin grandes diferencias programáticas, pero si con intereses opuestos. Por un lado, está el proyecto conservador, asentado en lo económico en la minería de la plata y, territorialmente, en la capital, Sucre y, por otro lado, un proyecto de corte liberal, apoyado sobre todo por las clases urbanas profesionales de La Paz, desde donde se impulsaba una nueva industria minera del estaño. Esta fue fundamentalmente una pugna entre élites con la intervención temporal e instrumentalizada de sectores indígenas. Hoy, cuando el tema es introducido al foro constituyente por la derecha opositora, con el apoyo de comités cívicos de la llamada "Media Luna" (Santa Cruz, Tarija, Beni y Pando), el contexto histórico no admite ya la exclusión de los actores indígenas y populares o una participación simplemente instrumentalizada, como ocurriera en 1899.
De esta manera, en la voz predominante de los sectores sociales que apoyan el proceso de cambio impulsado por el MAS, la capitalía, al igual que en el pasado, no es más que una excusa de la derecha para frenar las luchas de los movimientos sociales de indígenas, obreros, campesinos y de sectores populares. Ahora bien, el tema del cambio de la sede de gobierno ha conseguido reproducir en el escenario constituyente la pugna que a nivel nacional se da por la reconfiguración de fuerzas, pues consigue poner en el centro del problema el tema del "centralismo paceño".
            "Paradójicamente, el hecho de que el conflicto por la capitalidad que enfrenta a dos regiones despierte reacciones cívicas en otros departamentos, así como discursos de adhesión política hacia la causa chuquisaqueña, orientados a promover alianzas y favorecer intereses económicos impulsados por la demanda autonómica, esencialmente no contribuye a interpelar las bases del modelo centralista, debido a que la reivindicación exigida por la capital se limita a exigir el traslado de poderes, sin cuestionar el modo en que se gestionará los mismos" (Uriona y Mokrani: OSAL 2007).
Ahora bien, cabe aquí señalar que una vez más la falta de una estrategia política clara y de una propuesta alternativa contundente para hacer frente al fenómeno del "centralismo", desde el gobierno nacional, sin sustraerse de la centralidad de la formación colonial del Estado boliviano y de las estructuras de clase que de ella derivan, ha tenido consecuencias políticas favorables a la derecha. Por un lado, el Movimiento al Socialismos pierde la prefectura del departamento de Chuquisaca, ahora en manos de la derecha y a la cabeza de una ex constituyente masista indígena. Por otro lado, la propia Asamblea Constituyente ha quedado en una especie de limbo, pues la propuesta de nuevo texto constitucional, aprobada en la ciudad de Oruro, no tiene ni fecha para ser sometida a consulta nacional para su aprobación o rechazo.
            En la propuesta de la Nueva Constitución Política del Estado, a nivel general, se plantea la fundación de un "Estado Unitario Social Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías [...]" (Art. 1). En lo que concierne a la propuesta sobre la estructura y organización territorial de Estado, se plantea que Bolivia se organice en "[...] departamentos, provincias, municipios y territorios indígena originario y campesinos [...]" (Art. 270). En esta propuesta, frente al proyecto de las autonomías departamentales, se reconocen cuatro tipos de autonomías: la departamental, la regional, la municipal y la indígena originaria campesina.
            Sobre la autonomía departamental y la municipal, se proponen la instauración de gobiernos autónomos constituidos por un órgano ejecutivo y un órgano deliberativo. En el caso de la autonomía regional, se plantea la constitución de regiones, por voluntad democrática de la ciudadanía y por la unión de municipios o provincias con continuidad geográfica, que compartan "cultura, lenguas, historia, economía y ecosistemas complementarios. " (Art. 281) La autonomía indígena originaria campesina es concebida en esta propuesta como "[...] la expresión del derecho al autogobierno como ejercicio de la autodeterminación de las naciones y los pueblos indígena originarios y las comunidades campesinas, cuya población comparte territorio, cultura, historia, lenguas, organización o instituciones jurídicas, políticas, sociales y económicas propias." (Art. 290)
            Aquí existe un intento por instalar en el debate nacional el tema de la forma de gestionar la autonomía, desde una lectura que no limita la compresión de la misma al ámbito departamental, sino desde el reconocimiento a diferentes niveles autonómicos: el regional, el municipal y el llamado indígena originario campesino. Desde esta propuesta se busca bloquear el proyecto político de la derecha, evitando la concentración de poder en las estructuras departamentales. Sin embargo, las autoridades opositoras de Santa Cruz, Beni, Pando, Tarija y Cochabamba se niegan a debatir con cualquier otra propuesta de autonomías y, aduciendo la "legitimidad" de los prefectos, como autoridades electas, llaman a consultas directas sobre estatutos autonómicos redactados por algunos sectores cívicos, empresariales regionales y por autoridades prefecturales, desconociendo las propuestas del nuevo texto constitucional. Estos estatutos autonómicos departamentales tienen como finalidad política última garantizar que la decisión sobre los asuntos públicos que hacen a la distribución del poder y la riqueza se mantenga en los grupos de poder regional.

Las consultas

            Así los prefectos y grupos cívicos y empresariales de Santa Cruz, Beni, Pando y Tarija se atribuyen la prerrogativa de definir de manera unilateral el tema autonómico apoyados en los resultados del referéndum del 2 de julio del 2006. Recordemos que en esta ocasión, los bolivianos asistimos a una consulta en la que se preguntaba: " ¿Está usted de acuerdo, en el marco de la unidad nacional, en dar a la Asamblea Constituyente el mandato vinculante para establecer un régimen de autonomía departamental, aplicable inmediatamente después de la promulgación de la nueva Constitución Política del Estado en los Departamentos donde este Referéndum tenga mayoría, de manera que sus autoridades sean elegidas directamente por los ciudadanos y reciban del Estado Nacional competencias ejecutivas, atribuciones normativas administrativas y los recursos económico-financieros que les asigne la nueva Constitución Política del Estado y las Leyes? "
            En esa oportunidad, a nivel nacional gana el "No", pero contabilizado de manera departamental se da el triunfo del "Si" a las autonomías departamentales, en los cuatro mencionados departamentos, que en la actualidad convocaron a nuevas consultas. Esta vez, el objetivo de los referendos es aprobar la forma en que en cada departamento se implementarían las autonomías departamentales a partir de una sola propuesta, la redactada, en cada caso, por los grupos cívicos y prefecturas. De esta manera, se desconoce arbitrariamente la consulta anterior en la que se establecía que el régimen autonómico se aplicaría sólo en el marco y previa aprobación de un nuevo texto constitucional.
            Por su parte, el gobierno nacional niega la legalidad de estas consultas, que han sido posibles porque las cortes departamentales se han desmarcado de las directivas de la Corte Nacional Electoral en este tema. El argumento central de las autoridades nacionales es que si bien en los departamentos existen autoridades electas legítimas, aún no se han constituido democráticamente los gobiernos departamentales, pues no existe una instancia deliberativa y legislativa regional o consejo departamental electo por voto popular.
            Por otra parte, señalan que siendo que la figura tanto de prefectos electos como de gobiernos departamentales legítimos no está contemplada en la constitución vigente, la única vía legal para avanzar en un proceso autonómico es la Asamblea Constituyente. En este punto es importante recalcar que la elección de prefectos ha sido viabilizada a partir de acuerdos políticos, principalmente durante el gobierno de Carlos Mesa, pero la figura constitucional de los prefectos electos no está contemplada en la Constitución Política del Estado aún vigente, en la que se establece que la designación de estas autoridades regionales es atribución exclusiva del Presidente de la República. Así, Morales, inmediatamente después de haber asumido la primera magistratura de la nación, designó en cada departamento al prefecto elegido por voto popular, otorgando validez legal a su mandato.
            Sobre los contenidos de los estatutos departamentales, si bien se han escuchado diversas críticas que hacen principalmente a la usurpación de competencias propias de un gobierno nacional, que pretenden ser trasladadas a instancias de decisión regional, siendo que afectan a intereses estratégicos de la nación, no podemos hablar de un debate abierto sobre el tema, pues las diferentes iniciativas de diálogo propiciadas por el gobierno, en las que se ha hablado incluso de compatibilización de los estatutos con el nuevo texto constitucional, han sido sistemáticamente interrumpidas por la oposición.
            El 4 de mayo, en Santa Cruz; el 1º de junio, en Beni y Pando; y el 22 de junio, en Tarija, se llevan a cabo las cuatro cuestionadas consultas sobre estatutos autonómicos. Si bien en cada caso las propuestas autonómicas tienen sus particularidades, pues responden en cada departamento a un cálculo de sus fuerzas electorales y a un balance de los intereses estratégicos en juego, se puede observar que, de manera general, en las competencias disputadas a la exclusividad del nivel nacional, se hace evidente el proyecto de las élites regionales por mantener el control de los recursos estratégicos del país en beneficio de sus intereses económicos de clase. Rescatamos, como ejemplo, que en el proyecto estatutario de Santa Cruz, departamento desde el que se lideriza la ofensiva de la derecha, se pretende manejar desde un gobierno departamental autónomo, la justicia, el régimen laboral, la policía, el régimen de tierras, los recursos mineros, hídricos, hidrocarburíferos, espectro electromagnético, biodiversidad, recursos forestales, así como la gestión de empresas estatales, servicios públicos, régimen impositivo, régimen electoral, convocatoria a referendos, educación, salud, seguridad social.
            Sobre los resultados de las consultas autonómicas, cabe señalar que las fuerzas sociales opositoras en los departamentos realizaron campañas, en algunos casos por el No y en su mayoría por la abstención, argumentando la ilegalidad de la consulta. Según los datos consolidados en las cortes departamentales, la abstención promedio en los cuatro departamentos fue del 38.7% equivalente a 446,235 personas. La opción de abstención y la de rechazo a los estatutos suman en Pando el 56% de los votos; en Beni, 47.9%; en Santa Cruz, el 48.94% y en Tarija, el 47%, según datos de Bolpress, publicados el 22 de junio de 2008.

Resistencias departamentales a las políticas del gobierno nacional

            La conflictividad suscitada en torno a las políticas que el gobierno decide aplicar respecto a la redistribución de los recursos genera a su vez dos escenarios de tensión. El primero de ellos se refiere a la redistribución del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH) y el mismo se da en el marco de las disputas partidarias y en las instancias de representación, asumiendo un carácter político, en el cual los principales recursos de poder son rehusarse o no a acudir a los diálogos para negociar posturas. Para las autoridades departamentales opositoras al gobierno, un recorte de 30% de los fondos que las prefecturas perciben de dicho impuesto para cubrir con los mismos el pago de la renta de vejez "Dignidad" como medida social, implicaba postergar el cumplimiento de proyectos de desarrollo local. El gobierno, en cambio, argumentaba que el recorte no pondría en peligro dicho desarrollo, pues se propone la creación de un Fondo de Compensación destinado a prever la cobertura de proyectos en ejecución.
El segundo escenario también tiene que ver con el acceso a recursos como la tierra, cuyo saneamiento también constituye una política prioritaria para el gobierno y que asume un carácter violento porque enfrenta los intereses de hacendados de regiones como el Oriente vinculados a los centros de poder departamental como los Comités Cívicos y las Prefecturas. Los mismos impiden el desarrollo de los trabajos del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) y del Vice-ministerio de Tierras en las zonas donde están sus haciendas, que pueden tipificarse como latifundios por su extensión, pasando a ser revertidas al Estado e incluyen amenazas de muerte, ataques armados y bloqueos para impedir el ingreso de las autoridades para que verifiquen la extensión de las propiedades, los procesos de saneamiento y la existencia de trabajo forzado a comunidades indígenas cautivas.
            En la política de tierras del gobierno de Morales, expresada a través de la Ley 3545 de Reconducción Comunitaria de la Reforma Agraria promulgada el año 2006, se "manifiesta la decisión política del gobierno de dotar Tierras Fiscales disponibles exclusivamente a favor de comunidades indígenas y campesinas. (Decreto Supremo Nº 28.733); la disposición legal garantiza la dotación de tierras por el Estado y no afecta predios de los empresarios". Con ello si bien se busca frenar la abusiva práctica de adjudicación de tierras, ligada al tráfico de influencias que fuera práctica común tanto de gobiernos de facto como por lo partidos políticos tradicionales en periodos democrático, no esclarece de que manera se afectaría la propiedad latifundista en su estructura central ni se establece el modo en que se intervendrá para revertir las tierras fiscales, base de grandes propiedades terratenientes, que han sido "legalizadas" de manera fraudulenta.

El referéndum revocatorio de mandato popular

            La resistencia hacia algunos de los contenidos que recoge el proyecto del nuevo texto constitucional aprobado en Oruro en diciembre de 2007, sobre todo en el tema de las autonomías, pero también respecto a los lineamientos que el gobierno de Morales da a sus planes y políticas en los ámbitos sociales, económicos o internacionales ha generado un clima de polarización que ha introducido en el debate la confrontación entre lo legal y lo legítimo, la cual se expresa también en la división de posiciones al interior de las instituciones políticas mismas.
            Así, la convocatoria a un referendo popular para ratificar o retirar el mandato a las autoridades ejecutivas (nacionales y departamentales), se convirtió en un recurso para clarificar, mediante la expresión popular del voto, la disputa constante entre lo que se considera legal y/o legítimo. De esta manera, para el gobierno, que propuso la ley de revocatoria en diciembre de 2007, ésta permitiría profundizar aún más sus aspiraciones democráticas al convocar a una consulta en la cual sería el mismo pueblo quien juzgue el desempeño de sus representantes, introduciendo la posibilidad de censurar o ratificar a cada autoridad. Con ello, se apelaba a que sea la población quien determine quién goza de legitimidad para seguir ejerciendo su cargo más allá de debates legalistas.
            Asimismo, para presentar este recurso, se tuvo el cuidado necesario de cumplir con los requisitos legales establecidos sin salirse del marco institucional. El referendo revocatorio debía ser autorizado por el Congreso, la única instancia habilitada para ello, y su implementación estaría a cargo de la Corte Nacional Electoral (CNE), institución máxima competente para controlar los procesos electivos. Por otro lado, los prefectos opositores al gobierno también en su momento vieron como salida de la crisis política el revocatorio, pero paralelamente pusieron en marcha un proceso de consulta popular que saltaba los pasos legales requeridos (iba en contra de la ley 3.838, que estipula que cualquier consulta popular sólo es válida si la autoriza el Congreso), pero a la que se le atribuía un supuesto carácter legítimo respaldado en el voto popular del referendo de julio de 2006.
            Parte de la oposición política, en el Congreso Nacional, es la que aprueba en última instancia la Ley de Referéndum Revocatorio de Mandato Popular, el 9 de mayo pasado. Este hecho suscita una división interna en las fuerzas opositoras, pues el denominado Consejo Nacional Democrático (CONALDE), que agrupa a los prefectos y comités Cívicos de los departamentos del Beni, Pando, Tarija y Santa Cruz y Cochabamba en un primer momento decide "[...] no someterse a referéndum revocatorio convocado por el gobierno nacional, salvo que su convocatoria se ajuste en el marco establecido en los estatutos autonómicos." (Pronunciamiento del 23 de junio de 2008).
            Sin embargo, el 4 de julio rectifican su posición y optan por someterse a la consulta, aunque, desde diferentes flancos, continúan una campaña para impedir su realización. Se pueden destacar dos tipos de maniobras para ello: la primera, la de impugnación al propio proceso electoral, emitiendo una serie de denuncias sobre supuestas irregularidades en el padrón electoral. La segunda, que consiste en exacerbar la conflictividad social, con hechos tales como la obstaculización del libre desplazamiento del Presidente de la República por el territorio nacional y las medidas de presión, como huelgas de hambre protagonizadas por las propias autoridades cívicas departamentales.
            De todo lo anteriormente expuesto podemos inferir que a nivel general, en Bolivia se debaten sentidos de interpretación sobre la legitimidad y legalidad, en el marco de un proceso político de transición de un viejo orden llamado a ser reformado y un nuevo orden que no termina de consolidarse. Así, el sentido de lo "democrático" es lo que se disputa en última instancias desde diferentes flancos.
            Por un lado las élites políticas tradicionales, afincadas ahora en gobiernos departamentales, consolidan un discurso en el cual su interpretación de lo democrático se afinca en nociones formalistas y procedimentales que buscan frenar la posibilidad de prácticas de democracia radical, defienden un tipo de institucionalidad funcional a sus intereses, rechazando, como antidemocráticas, otras expresiones de participación política más allá del orden vigente, pero llamado a ser transformado desde el proceso constituyente.

Pilar Uriona Crespo y Dunia Mokrani Chávez son investigadoras de Centro de Estudio Andinos Amazónicos y Mesoamericanos (CEAM) e integrantes del Comité de Seguimiento a Conflictos del Observatorio Social de América Latina (OSAL-CLACSO). Son analistas para el Programa de las Américas (http://www.ircamericas.org/).