Agustín Unzurrunzaga

Precariedad laboral e inmigración
(Hika, 174zka. 2006eko otsaila)

La temporalidad en el empleo, la precariedad de los contratos de trabajo, es uno de los grandes problemas con los que se están confrontando los trabajadores y trabajadoras en los últimos años. Algunos sindicatos la consideran como el principal enemigo a batir, y abogan por combatir la cultura de la precariedad; por combatirla en los centros de trabajo, pues es en ese terreno en el que la solidaridad entre distintas generaciones de las plantillas juega un papel clave.

Con ser muy importante lo anterior, pienso que el de la precariedad laboral es un problema que va bastante más allá de la necesaria solidaridad intergeneracional en los centros de trabajo.

En un reciente editorial del periódico El País (28/01/ 2006) se decía que el aumento de la temporalidad laboral en España, hasta convertirlo en el país de Europa con mayor tasa de temporalidad, era el coste que se había tenido que pagar para que los y las inmigrantes residentes en este país pudiesen trabajar, para incorporarlos al mercado de trabajo. De donde se deduce que para un periódico influyente con El País, la temporalidad, la precariedad laboral, no es algo buscado, impulsado por la patronal, sino una desgracia que ha tenido que asumir el conjunto de la sociedad para dar trabajo a dos millones de extranjeros, “con las consecuencias de inestabilidad social y económica que ello acarrea”.

Creo que lo que dice El País tiene muy poco que ver con la realidad; pero convertir a los y las trabajadoras inmigrantes en la causa principal de la precariedad laboral en España sÍ es un problema, y muy real.

Las reformas laborales que han propiciado el desarrollo de la temporalidad y la precariedad laboral empezaron bastante antes de la incorporación significativa de inmigrantes en el mercado de trabajo, y tenían bastante poco que ver con ser instrumentos pensados para facilitar esa incorporación.

Los y las inmigrantes han sido y son víctimas de un mercado laboral pensado y organizado para la precariedad, que es muy distinto. Y lo son de una manera específica, diferente a la de los trabajadores autóctonos o de nacionalidad española.
Dejando de lado la irregularidad en la que se encuentran miles de trabajadores y trabajadoras extranjeras (más de 700.000 personas después de haber finalizado el proceso de regularización especial que se extendió de febrero a mayo del año pasado, abocados a trabajar en la economía sumergida para subsistir); dejando de lado que los dos sistemas de arraigo establecidos en la ley para obtener los permisos de trabajo y residencia, el arraigo laboral y el arraigo social, requieren largas estancias en situación de irregularidad, nos encontramos con que las personas que tienen permisos de trabajo y residencia temporales sufren unas enormes dosis de fragilidad socio-laboral.

Esa fragilidad socio-laboral es específica, propia de los y las trabajadoras extranjeras extracomunitarias. En ellas se unen la precariedad laboral, producida por la precarización general del mercado de trabajo, con la precariedad administrativa, con la dependencia continuada y en plazos muy largos de tiempo de unos permisos de trabajo y residencia temporales que hay que mantener y renovar. Ese tipo de precariedad no la sufren los y las trabajadoras autóctonas.

Esas dos precariedades que hemos señalado más arriba, la general del mercado de trabajo tal cual está organizado, y la específica, ligada a su condición de trabajadores y trabajadoras extranjeras dependientes de unos permisos de trabajo y residencia, se unen y se alimentan mutuamente, resultándoles muy, pero que muy difícil, poder oponerse a las dos a la vez. En la práctica, su prioridad está colocada en el terreno de resolver, de superar su precariedad administrativa, condición necesaria para poder siquiera trabajar legalmente, aunque sea en un mercado precario, y no caer en la irregularidad administrativa, lo que implica hundirse de nuevo en la economía sumergida y tal vez ser expulsado del país. Nada de eso le ocurre a un trabajador o trabajadora autóctona.

De lo anterior, deduzco varias consideraciones:

La primera, que si el movimiento sindical quiere de verdad luchar contra la precariedad laboral, tiene que incorporar entre sus reivindicaciones la lucha contra esa precariedad específica que antes he señalado, la lucha contra el marco normativo que la propicia. No habrá igualdad entre los trabajadores y trabajadoras, ni siquiera entre los precarios, mientras miles de entre ellos estén sujetos y dependan de unos permisos para poder trabajar y vivir.

La segunda, que si el movimiento sindical quiere de verdad luchar contra la precariedad laboral, tiene que luchar contra las ideas que lo dividen, contra las ideas que hacen a una parte de los trabajadores y trabajadoras, los que tienen un origen nacional distintos, responsables de las desgracias del conjunto, lo que favorece la extensión del racismo social y su consolidación en el interior del movimiento obrero.
Si lo anterior no se hace, si se siguen sin abordar estas cuestiones, la lucha contra la precariedad laboral se quedará coja.