Agustín Unzurrunzaga

Ante la entrada en vigor de la reforma de la ley de Extranjería
(Hika, 150, diciembre 2003)  

El BOE del 21 de noviembre publicó el texto de la Ley de Extranjería reformada, que entrará en vigor el día 21 de diciembre.

Aunque todo el texto, cada uno de sus grandes apartados, supone un problema, hay dos que van a afectar de lleno a los y las inmigrantes que se encuentran en situación irregular: la posibilidad de que la Dirección General de Policía controle la totalidad de los datos cedidos al apuntarse en el padrón municipal, y la inadmisión a trámite de los expedientes depositados por las personas que se encuentren en situación irregular.

El primero de los apartados señalados tiene que ver con la modificación de los artículos 16 y 17 de la Ley de Bases de Régimen Local, lo que supone:

* Que la inscripción en el padrón municipal siempre tendrá un carácter provisional, debiéndose renovar cada dos años en el caso de los extranjeros extracomunitarios que no tenga un permiso de residencia permanente.

* Que los datos del padrón municipal podrán ser cedidos a otras administraciones públicas sin consentimiento previo del afectado.

* Que la Dirección General de Policía podrá acceder a los datos de inscripción padronal, especialmente por vía telemática, quedando constancia en la Dirección General de Policía de cada acceso, la identificación del usuario, fecha y hora en que se realizó y los datos consultados.

El segundo de los apartados viene recogido en el punto 7 de la disposición adicional cuarta de la nueva ley, que dice: «Se inadmitirán a trámite las solicitudes cuando se refieran a extranjeros que se encontrasen en España en situación irregular, salvo que puedan encontrarse en uno de los supuestos del artículo 31.3».

Los supuestos del artículo 31.3 son: arraigo (en la ley no se especifica el tiempo, remitiéndose al reglamento; en el texto anterior eran cinco años de estancia), razones humanitarias, colaboración con la justicia y un absolutamente impreciso u otras circunstancias excepcionales.

La consecuencia práctica de lo anterior es la formación de una tenaza. Por un lado, a las personas en situación irregular no se les van a admitir a trámite sus peticiones de permiso de trabajo y residencia; y, por otro, su estancia va a poder ser estrictamente controlada por la Policía. A tener en cuenta que la estancia irregular en si misma es motivo de expulsión.

El sistema de inadmitir a trámite las peticiones de permiso de trabajo y residencia de personas que están dentro del país y que después de un gran esfuerzo han conseguido una oferta de empleo, tiene mucho de aberración jurídica, y tampoco se sostiene desde el punto de vista del funcionamiento de los movimientos migratorios. El Gobierno quiere forzar que las contrataciones, las ofertas de empleo que posibiliten la solicitud de un visado para trabajar, se hagan todas en origen, donde la denegación implica que la persona no viene.

El problema es que estos esquemas que sobre el papel quedan bonitos responden muy mal a la realidad. Mientras el mercado de trabajo sea atrayente y la situación en origen empuje a salir, habrá gente que seguirá viniendo, y vendrá con conciencia reforzada de clandestino. No se da salida digna a los cientos de miles de personas en situación irregular que actualmente están en el país. Se bloquean o se ponen grandes trabas a las políticas de integración social que con criterios igualitarios están siendo impulsadas en comunidades autónomas como la vasca o parte de diputaciones y ayuntamientos. El resultado de todo ello no puede ser más que un gran retroceso social, el incremento de la explotación de miles de personas y que de forma artificialmente inflada, a muchos de ellos no les quede más remedio que ser dependientes crónicos de los servicios sociales.

En cuanto al tema del padrón tenemos una importante batalla por delante. Nadie sabe cómo va a actuar la Policía aunque, a pesar de haber incrementado un 116% el presupuesto para expulsiones, y que en el ámbito de la Unión Europea se hayan tomado decisiones sobre sistemas de expulsión conjunta por medio de vuelos charter, es difícil que puedan hacer grandes expulsiones masivas. Tal vez sea más sensato pensar en golpes selectivos.

En cualquier caso, en ese tema, tanto los ayuntamientos, como las diputaciones, el propio Gobierno Vasco y la gente en general tienen mucho que decir. Una oposición generalizada o cualitativa de ayuntamientos que se nieguen a dar los datos de sus padrones, así como declaraciones institucionales de las diputaciones y del Gobierno Vasco crearían un clima social favorable a la búsqueda de fórmulas que reconozcan el derecho a estar, a regularizarse y ser titular de derechos sociales, derechos que, paradójicamente, la propia Ley de Extranjería reconoce en su artículo 14. Por tanto, no aceptemos el retroceso social y hagamos valer en la práctica los derechos sociales básicos, sin miedo a ser expulsados por ejercerlos.