A. Laguna
Las políticas migratorias  del Régimen franquista
(Página Abierta, 174, octubre de 2006)

            La revista Migraciones y exilios, en uno de sus últimos números, el de diciembre de 2005, publicó un estudio sobre las políticas migratorias  del Régimen franquista, es decir, entre 1939-1975. Con él, la autora, María José Fernández Vicente, trata de analizar el fenómeno de la emigración española desde un ángulo peculiar: cómo fue respondiendo el Régimen franquista a la presión migratoria hacia el exterior de la población española.
            En el análisis sobre la política franquista de emigración, publicado en número 6 de la revista Migraciones y exilios (*), María José Fernández Vicente establece cuatro grandes líneas de respuesta que se corresponden con otras tantas etapas históricas. La primera, denominada de “ruptura y continuidad”, es la llevada a cabo en los años de la posguerra civil, entre 1939 y 1945. La segunda, en los años del aislamiento franquista, de 1945 a 1955, responde a una combinación entre la tendencia intervencionista sobre el impulso migratorio y la de dejar que la corriente siguiera su curso. La tercera pertenece al periodo del desarrollismo español, de 1956 a 1969, en la que se produce un gran movimiento hacia Europa, flujo que acaba siendo visto por el Régimen como un valor añadido para el desarrollo de la economía española. La última etapa, entre 1970 y 1975, se corresponde con el agotamiento de la presencia emigrante española en Europa y la política de protección de nuestra emigración en su vuelta a casa.      
            Estas diferentes políticas se sostuvieron en diversos cambios legislativos e institucionales y son el resultado, tal y como apunta María José Fernández Vicente, de la convergencia de factores de muy diversa índole: «El primero de ellos fue la propia configuración del flujo migratorio español, ante el que poco o nada podían hacer las políticas [...] El segundo parámetro que marcó fuertemente el proceso de elaboración de una política en materia de emigración fue la propia naturaleza  y el juego político franquistas».
            Durante la primera etapa –la del Estado policial y fuertemente represivo nacido de la guerra– se mantuvo vigente la legislación republicana, la ley de emigración de 1924, que, entre otras cosas, reconocía la libertad de emigrar, daba importancia a la protección de las colonias españolas en el extranjero y mostraba “la voluntad de favorecer la repatriación de los emigrantes españoles que se hallasen en dificultad”. Sin embargo, como se señala en este estudio, esa continuidad legislativa no fue sino una fachada legal. El marco jurídico heredado no se aplicó y fue sustituido por medidas excepcionales basadas en una concepción diferente del fenómeno migratorio: el deseo de emigrar era mal visto, entre otras razones por sospechar de que se trataba de una huida de los enemigos del Régimen.
            El Ministerio de la Gobernación siguió ocupando el papel del Ministerio de Trabajo en la expedición de pasaportes a emigrantes; cambio, supuestamente provisional, realizado durante la guerra. La consecuencia fue un férreo control y una amplia denegación de las solicitudes. Las dificultades para la salida y las relacionadas con los problemas para el tránsito marítimo y terrestre por la guerra europea y mundial dejan sobre mínimos las cifras de emigrantes, una vez producido el masivo exilio del final de nuestra guerra.
            Los otros ejes de la política de emigración de esta época, la atención a las colonias exteriores y la repatriación, estuvieron marcados por los deseos del Régimen de legitimarse en esas colonias y de lograr una separación ideológico-política en ellas.   
            En la segunda etapa –la de la finalización de la contienda mundial, el aislamiento internacional franquista y los intentos de adornar la dictadura con la marca de un Estado “social, católico y representativo”– no se modificó el marco jurídico ni el papel de control de Gobernación. Sin embargo, la nueva situación internacional, que demandaba mano de obra, y las deprimentes condiciones sociales internas favorecieron un nuevo impulso migratorio y obligaron al Régimen a prestar más atención a este fenómeno. Es el momento de un nuevo auge de la emigración hacia los países emergentes de América Latina. Se trataba de no cerrar las puertas, de admitir la libertad de emigrar, pero “controlando, planificando y seleccionando” el flujo migratorio. Y desde el ámbito del Ministerio de Trabajo se reclama un papel fundamental en esa tarea. Las pretensiones y objetivos de esa nueva política desde Trabajo obtienen pocos resultados. Por una parte, no consiguen la recuperación de competencias en la expedición de los pasaportes. Por otra, fracasan en la consecución de acuerdos bilaterales de emigración y, por último, también, en la protección social al emigrante.
            La década de los cincuenta marca el cambio de rumbo del flujo migratorio español. Progresivamente se abandona el camino hacia los países latinoamericanos, cuyas economías decaen, y se emprende la ruta europea, que comienza su expansión económica. España, asimismo, inicia una etapa de desarrollo, de la mano de la nueva corriente franquista: las élites tecnocráticas vinculadas –una buena parte– al Opus Dei. Hablamos de finales de los cincuenta y de la década de los sesenta.
            La emigración poco a poco va ser vista como una pieza más de los nuevos planes de desarrollo y no como “un fenómeno calamitoso”. Por un lado, permite reducir la tensión social y fijar un mercado de trabajo bien controlado, y por otro, supone, gracias a las remesas, una inyección económica. Nace en 1956 el Instituto Español de Emigración (IEE) y en 1962 se aprueba la Ley de Ordenación de la Emigración.
            Pero, como señala María José Fernández Vicente, «esta nueva política migratoria se topó con importantes escollos que acabaron disminuyendo su eficacia. A las dificultades en el control de un movimiento migratorio de elevadas dimensiones, se añadía la importancia que seguían teniendo los mecanismos de tipo informal. Esquivando los programas estatales de emigración (lentos y enormemente burocráticos), gran parte de los emigrantes optó por recurrir a familiares y amigos ya emigrados para llevar a cabo su proyecto migratorio. Y así, gran parte de las salidas se acabaron haciendo con un simple pasaporte de turista, escapando al control y a la planificación deseada por las autoridades del IEE».
            La política migratoria de la última etapa del Régimen franquista, la primera mitad de los setenta, viene determinada por el cambio de perspectivas del flujo de la emigración española. La demanda europea va restringiéndose y la emigración española no integrada plenamente en los países europeos tiende a retornar a España. Se asiste también a un cambio de mentalidad sobre cómo debe impulsarse, qué medios públicos deben ponerse a la libre disposición de los proyectos migratorios para hacer práctico el derecho a emigrar, reconocido por ley.  A eso responde una parte de la nueva ley de emigración que sale a la luz en 1971. Aunque tanto en la ley como en la práctica política lo que se va a poner en primer plano es la protección del emigrante y su familia y en definitiva todo lo que signifique dar una respuesta positiva al retorno inminente de las poblaciones emigradas. Para ello, como destaca la autora de este estudio, se pondrá especial atención en la equiparación de derechos de los emigrantes con el resto de los españoles.
            Pero, junto a esta preocupación, aparece otra a la que se dedica mucha atención: la protección de las colonias de españoles en el extranjero para preparar su retorno. «Una protección –así lo explica Fernández Vicente– con la que se trataba de reforzar los vínculos del emigrante con la Madre Patria, esperando que esta “españolización” de las colonias de expatriados neutralizase la “perniciosa” influencia que sobre ellos ejercían los valores (democráticos) y las costumbres (ajenas a la “idiosincrasia nacional”) que caracterizaban estas sociedades de acogida».      

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(*) Migraciones y exilios, revista o “cuadernos” editados por la Asociación para el Estudio de los Exilios y Migraciones Ibéricos Contemporáneos (Aemic), en colaboración con UNED. El tema central o dossier del número 6 –diciembre de 2005– de esta revista está dedicado a “Arte español y exilio republicano”. En él aparecen cuatro textos firmados, respectivamente, por Julián Díaz Sánchez, Miguel Cabañas Bravo, Diana B. Wechsler y Dolores Fernández Martínez, que coordinó este dossier. Y es en el apartado de “Estudios” donde se publica el trabajo de María  José Fernández Vicente bajo el título “De calamidad a baza de desarrollo. Las políticas migratorias del Régimen franquista”.