Marta González
El Proyecto Esperanza
(Página Abierta, 202, mayo-junio 2009)

            El Proyecto Esperanza empezó a trabajar aquí en España en el año 1999, ahora hace justo diez años. Un grupo de voluntarias, que veníamos de diferentes campos, empezamos a interesarnos en este asunto, a raíz de conocer la experiencia de una compañera colombiana.  Ella había estado trabajando muchos años en Holanda en el tema de la trata de mujeres, y cuando llegó a España se empezó a preguntar si aquí existía la trata de mujeres con fines de explotación o no. Y empezó a indagar, a preguntar, a relacionarse. Y, prácticamente, con los primeros que habló fue con la Policía Nacional y con la Guardia Civil. Desde el trabajo que venían haciendo muchas veces detectaban casos de mujeres que habían sido víctimas de este delito y no tenían ni lugares concretos a los que poder llevar a estas mujeres para que les ofrecieran ayuda; ni tampoco, en el año 1999, había un mínimo resquicio legal que diera a policías y guardias civiles un pequeño margen para no tener inmediatamente que incoar un expediente de expulsión a esas mujeres y expulsarlas si eran inmigrantes y estaba en situación irregular. Ni siquiera la ley, por aquel entonces, concedía la posibilidad de que las mujeres que colaboraran y que denunciaran su situación se pudieran quedar legalmente en España.

            Entonces, decidimos, con la Congregación de Religiosas Adoratrices –una congregación que lleva más de 150 años apoyando a mujeres en situación de exclusión–, montar este proyecto, el Proyecto Esperanza, destinado específicamente a apoyar a mujeres que habían sufrido el delito de trata con fines de explotación en general. En aquel momento era complicado porque no había ni siquiera una definición legal de qué era la trata o qué no era. Además, de ese fenómeno no se conocía nada.

            Uno de los primeros trabajos que hubo que hacer, y que nos ha llevado mucho tiempo, ha sido el conceptualizar este fenómeno: de qué hablamos cuando hablamos de trata. No hablamos de tráfico ilegal de inmigrantes, no hablamos del fenómeno de la prostitución en sí ni en general, y, además, hablamos no sólo de trata con fines de explotación sexual, sino también en otros ámbitos. Para ello nos ayudó mucho el concepto que se recogió por las Naciones Unidas en el Protocolo de Palermo, porque, aunque algunos aspectos de esa definición son controvertidos y no todo el mundo está de acuerdo en todos los detalles, por lo menos sí hay consenso en lo básico, que es mucho: que cuando hablamos de trata, hablamos de que alguien capta a una persona en un determinado lugar por medio de amenazas, de coacciones, de engaño, de abuso de su situación de vulnerabilidad, de pagar un precio a cambio de ella, o sea, de alguien que compra a una persona con el fin de someterla a una situación de explotación, sea en el sector que sea.

            El Protocolo de Palermo ha sido muy importante. España firmó el Convenio de Naciones Unidas contra el crimen internacional y el Protocolo de Palermo, pero el problema ha sido que, a pesar de que la firma fue en 2003, nunca se ha llegado realmente a incorporar en la legislación española esta definición. En nuestro Código Penal, a día de hoy, no se recoge el delito como lo define el Protocolo de Palermo, ni en el resto de nuestra legislación tampoco. Y esto hace que, por ejemplo, para la actividad policial y judicial sea inmensamente difícil combatir este delito; y de hecho, una de las primeras cosas que ya están en marcha es reformar el Código Penal, porque, tal y como describe el delito, lo hace de manera completamente confusa, mezclando la trata de personas con el tráfico ilegal de inmigrantes, y eso impide que se pueda trabajar y perseguir el delito de forma adecuada.
 
            Un aspecto de la comprensión de esta realidad es el relacionado con el tema del engaño. Nosotras estamos cansadas de escuchar tanto la misma pregunta: “pero, bueno, ¿estas mujeres sabían a lo que venían o no sabían a lo que venían?”. Sobre todo cuando hablamos de trata con fines de explotación sexual. Y a mí me dan ganas de preguntar: ¿y cuál es la diferencia? Si sabían a lo que venían, ¿qué pasa?; y si no lo sabían, ¿qué pasa? En el sentido de que ésta no es la pregunta fundamental. La pregunta fundamental es, con independencia de eso, en qué situación real se han encontrado las víctimas una vez que están en España. ¿Ha habido una situación de explotación? ¿Ha habido una situación de vulneración de derechos? ¿Ha habido una situación en la que la mujer ha sentido que ya no tenía posibilidad de decidir sobre su propia vida porque había otras personas que la determinaban por encima de ella, a base de violencia psicológica, violencia física, violencia sexual, a base de manipulación, de aislamiento?

            En nuestro trabajo práctico, en los diez años que llevamos, hemos podido ayudar y hemos intentado apoyar a cerca de 500 mujeres. Muchas de ellas no tenían ni idea de cuál iba a ser la situación real que se iban a encontrar en España. Les habían ofertado un trabajo como camareras, o como recepcionistas, o como modelos, o como limpiadoras, o para el servicio doméstico, y se encontraron aquí luego en una situación en la que les obligaban a ejercer la prostitución.

            Luego, hay otras que sabían que venían a trabajar en el entorno de la prostitución, muchas veces sin saber qué significaba eso o en qué consistía, y, desde luego, desconociendo las condiciones laborales, las condiciones en las que iban a estar. Y entonces es cuando ellas dicen: “si yo hubiera sabido que esto iba a ser así, yo no hubiera venido...; a mí me prometieron que iba a trabajar en un club de lujo, que iba a ganar al mes más de 3.000 euros, que yo iba a poder elegir en todo momento mis clientes, que yo iba a poder organizarme mi jornada de trabajo como quisiera. Por supuesto, nadie me dijo que no me iba a poder relacionar con mis familiares, porque no me iban a dejar llamarlos. Nadie me dijo que yo adquiría una deuda, que de repente es absolutamente desproporcionada e insólita. Nadie me dijo que si yo me negaba a ir con tal cliente podía sufrir palizas, humillaciones, maltrato. Nadie me dijo que si yo, en un determinado momento, decidía que quería cambiar de actividad, aun pagando la deuda que decían que debía, no iba a tener esa opción”.

            Otro engaño es el del tiempo en el que supuestamente van a estar ejerciendo la prostitución. Hay mujeres a las que les dicen: “mira, tú vas con visado a España por tres meses y puedes trabajar legalmente en España durante ese tiempo, que es lo que dura el visado”. Pero no es verdad, porque realmente vienen por tres meses como turistas. Eso no les permite trabajar legalmente en ningún sector, pero así es como se lo venden. Les dicen: “de esos tres meses tú trabajas en la prostitución el primer mes, en ese mes vas a ganar un montón de dinero y con eso nos pagas la deuda contraída con nosotros para ayudarte al viaje. Y los otros dos meses, tú verás lo que haces, o bien trabajas en la prostitución, o bien te buscas otro trabajo. Tú eliges, lo pruebas, decides”. Y cuando ellas llegan aquí, la realidad no es ésa.
 
            La cuestión de la diferencia entre trata y tráfico ilegal también me parece importante resaltarla con un ejemplo. Yo creo que todo el mundo decía que sí, que es diferente, pero cuando realmente todo el mundo se ha dado cuenta de que trata de personas con fines de explotación y tráfico ilícito de inmigrantes son dos realidades diferentes, que, además, a veces no tienen nada en común y no se tocan en nada, es cuando Rumanía y Bulgaria han entrado en la Unión Europea y hemos seguido teniendo mujeres rumanas y búlgaras víctimas de la trata con diferentes fines de explotación en España.

            Nos ha pasado con la Fiscalía General de Extranjería, que de repente –a pesar de que muchas organizaciones e instituciones, desde la propia policía y de la Guardia Civil, lo lleváramos diciendo un montón de años– se han dado cuenta de que en el Código Penal el delito está mal recogido, que no se puede aplicar a las redes que traen a España a mujeres rumanas y búlgaras con fines de explotación, porque en su articulado une en todo momento la situación de trata con fines de explotación a que las personas hayan sido traídas a España por una vía ilegal, o sea, como inmigrantes irregulares.

            Yo suelo poner, además, algún caso más concreto de este tipo de realidad que nos estamos encontrando en España. Por ejemplo, una mujer brasileña que está aquí legalmente. Bueno, me da igual de la nacionalidad que sea, el caso es que esa mujer, estando aquí en España, en Valencia, entra en contacto con alguien que le dice: “oye, mira, aquí en Valencia ahora mismo hay mucho paro por la situación de crisis. Yo te propongo que te vengas conmigo a Galicia, donde conozco a un amigo que te va a dar trabajo y te va a ir mucho mejor”. La llevan de un lugar a otro y la sacan de su ámbito, de su contexto, en donde ella ya conoce a gente, donde ella tenía su vida hecha; la llevan a otro lugar donde ella no tiene ningún entorno social, para allí someterla a explotación. O sea, que tenemos trata interna dentro de España. Esto no ocurre solamente en Colombia.

            En cuanto a la relación de la trata de personas y prostitución, lo primero es que, con el tiempo que ha pasado, con las grandes discusiones que ha habido y demás, por lo menos conceptualmente, creo que ya casi nadie –yo por lo menos ya no me lo estoy encontrando– niega la diferencia entre la trata de personas con fines de explotación y trata de mujeres con el tema en sí de la prostitución. En principio porque se entiende que hay otros tipos de trata, otras finalidades de explotación, además de la sexual.

            Se diferencia, pues, conceptualmente entre trata con fines de explotación sexual y prostitución. El gran problema son los porcentajes. Ahí saltan todas las alarmas. De ese 90% de mujeres de origen extranjero que están en prostitución, que señalan algunos informes, ¿cuántas son víctimas de la trata y cuántas están en prostitución por decisión propia?, es decir, sin que haya alguien explotándolas u obligándolas. Pues ahí está el debate y la incógnita. Porque, en los años que llevo trabajando, lo único que sé es que cada año hay una media de 8 o 10 investigadores sociales que se acercan al Proyecto Esperanza a pedirnos información, datos, cuestionarios, opiniones, etc., y, por desgracia, luego el retorno de esas investigaciones es prácticamente nulo. Y sobre las que has visto que han llevado más tiempo, en las que han entrevistado a más gente, en las que se ha hecho un trabajo muy exhaustivo, preguntas para cuándo su publicación y te contestan: “No, es que al final no lo han querido publicar”.

            Detengámonos ahora en la consideración de la trata como una violación de los derechos humanos. Es un avance muy significativo que todos, tanto a nivel institucional, como de sociedad civil, estemos reconociendo y expresando que la trata de personas es una violación de derechos humanos. Hasta el Convenio del Consejo de Europa de 2005 lo dice. Y todo esto nos da fuerza, nos da respaldo y es muy importante. Pero debe tener consecuencias en la práctica: cuando algo es considerado como una violación de derechos humanos, el Estado tiene una obligación de respuesta. O sea, que en este caso el Estado tiene, primero, la obligación de intentar evitar que esa violación de derechos humanos se produzca, y luego, si se produce, el Estado tiene una responsabilidad y una obligación frente a las víctimas: el deber de reparación, de ofrecer un apoyo y una compensación a esas víctimas. Y ésa es la parte que, por desgracia, en la práctica echamos muchas veces de menos. Y como nosotras, las mujeres con las que trabajamos. Porque eso no termina de constituirse como una obligación del Estado.

            Y ésta es precisamente una de las cosas que pasa con el Plan de Acción Nacional contra la Trata de Seres Humanos con Fines de Explotación Sexual. En el primer párrafo de la introducción dice: «La trata de seres humanos es un fenómeno de preocupantes dimensiones que constituye una de las más escandalosas y sangrantes formas de reducción del ser humano a simple mercancía y representa una de las violaciones más graves de los derechos humanos». Es un comienzo brillante, lo digo sin ironías. Creo que es un punto de partida estupendo. Ahora, el siguiente paso sería: hablemos un poquito de la detección y la identificación de casos...

            Pero antes de seguir, señalo una cosa previa:  además del trabajo de apoyo a las víctimas que hacemos, trabajamos también en la sensibilización, la formación de profesionales, la conceptualización del tema. Entonces, una de las cosas que creemos importante es romper con las imágenes sobre qué es y cómo es una víctima, con eso del perfil de víctima. Todo el mundo te pregunta: “¿cuál es el perfil de las víctimas?”. Es verdad que la mayoría de las mujeres con las que trabajamos son mujeres bastante jóvenes, entre 18 y 30 años, pero, ojo, porque también hay chicas menores de 18 años y también hay mujeres de 40 años.

            ¿Nacionalidades? Ahora mismo es verdad que la mayoría de las mujeres con las que nosotras trabajamos son, sobre todo, de Brasil, de Rumanía y de Nigeria. Pero hemos tenido mujeres de 25 nacionalidades diferentes a lo largo de estos diez años.

            ¿El nivel cultural y el nivel de estudios? Obviamente, la motivación de muchas mujeres para salir de su país ha sido que estaban en una situación muy difícil, con muy poco acceso al empleo, muchas de ellas no habían tenido oportunidad de formarse ni de prepararse. Algunas de ellas incluso no han ido a la escuela nunca, con lo cual tampoco saben leer y escribir en su propio idioma. De estos casos hemos atendido muchos. Pero también hemos atendido, y estamos atendiendo, a mujeres con carrera universitaria. ¿Por qué? Porque las personas y la redes dedicadas a esto son profesionales: a cada persona, según sus circunstancias, su formación y su entorno saben muy bien qué ofrecerle. Y luego, también, saben muy bien cómo mantenerla en una situación de sometimiento.

            Y no en todos los casos –que ésa es otra de las campanillas– hace falta llegar a los “testimonios escalofriantes”. Lo decimos así porque eso es lo que nos piden los medios de comunicación directamente. Yo he cogido el teléfono y me han llegado a preguntar: “¿tenéis testimonios escalofriantes?”.

            Ahora bien, si yo soy una mujer que tengo familia en mi país de origen, que saben dónde vive mi familia, que saben que tengo hijos, probablemente el hecho sólo de amenazarme o de coaccionarme con que si yo no accedo a trabajar en lo que ellos me dicen y a entregarles todo el dinero que yo gane, que eso va a poder suponer un daño real para mi familia; desde luego, en la mayoría de los casos, es mecanismo de sometimiento más que suficiente y no hace falta llegar a encerrar bajo llave a la persona ni a ejercer violencia física y sexual todos los días y a todas horas. Y probablemente por eso no a todas las víctimas nos las vamos a encontrar con signos visibles de violencia y no van a encajar, en ese sentido, a veces en la imagen de víctima que nosotros nos hacemos.

            También porque, gracias a Dios, son mujeres muchas veces con una fortaleza, con una valentía, con un coraje que nos descuadran a todos. Porque resulta que no son tan pobrecitas como tendrían que ser según mi esquema; eso nos descoloca. Una mujer así, ¿es menos víctima que otra? No. Ahí yo creo que nos tenemos que quitar muchos prejuicios.

            Otra cuestión a analizar es la que relaciona la trata con las redes criminales o no. Claro que en muchos casos estamos ante redes criminales bien estructuradas y organizadas, que tienen conexión con otro tipo de delitos a nivel internacional. Pero no siempre. A veces son también redes muy familiares.

            El Consejo de Europa habla, explícitamente, de que la trata implica tanto a redes criminales organizadas, como a grupos pequeños, como a personas individuales también. Y eso, por ejemplo, también en nuestra legislación tiene que cambiar, porque uno de los problemas y de los obstáculos que nos encontramos es que ahora mismo, según el Plan recientemente aprobado por el Gobierno, las víctimas que colaboran con la policía en la desarticulación de redes criminales tienen la opción de obtener un permiso de residencia por colaboración con las autoridades. Y eso resulta muy restrictivo.

            Desde el Proyecto Esperanza y desde la Red Española contra la Trata le pedimos al Gobierno que se reformara en el Plan, que no podemos restringir este artículo de colaboración sólo a redes criminales organizadas; se le debe aplicar a quien colabore, sea quien sea el autor del delito. Porque ahora mismo nos encontramos con que si no hay una red criminal organizada, aunque la víctima haya denunciado, haya aportado toda la información, haya colaborado a lo largo de todo el proceso y demás, no tiene opción a obtener este permiso de residencia, porque no ha ayudado a desarticular una red criminal organizada. No es que la policía no quiera hacer su trabajo en este caso, es que el marco legal no le permite otra alternativa.

            Las víctimas. Es importante tener en cuenta que las personas que han sufrido este delito se encuentran en un estado de enorme miedo, desconfianza, desconocimiento sobre su situación aquí. Pensemos, por ejemplo, que en Rumanía el ejercicio de la prostitución en sí mismo sigue estando penalizado, sigue siendo un delito. Entonces, ¿qué concepto va a tener sobre su situación una mujer rumana víctima de la trata aquí en España? Probablemente, lo primero que va a tener interiorizado es que la que está cometiendo un delito es ella, a pesar de que tenga a esas personas explotándola detrás, y que, por lo tanto, no se le va a ocurrir ni moverse, ni intentar pedir ayuda, ni nada, porque la que peor parada va a salir va a ser ella.

            Creo que aquí el enorme cambio que tenemos que hacer es pasar de asociar víctima de la trata a víctima del delito que denuncia. Cambio absolutamente fundamental. Porque hasta ahora, oficialmente, sólo se ha estado identificando como víctima a aquellas que han dado el paso de denunciar.

            Ahora, con el Plan, puede haber un avance respecto a esto; esperamos que lo haya y vamos a trabajar por ello. Y es que si una persona, una mujer está en situación irregular y es identificada por la policía, o por cualquier Administración, o por cualquier entidad, antes que preguntarle por su situación global, por su situación de papeles, hemos de indagar si hay indicios o no de que puede ser víctima de la trata. Y si los hay, lo primero que hay que hacer es derivarla a recursos especializados que le puedan ofrecer información, casas de acogida, apoyo jurídico, asesoramiento para si quiere retornar lo pueda hacer voluntariamente, ayuda para que tenga un tratamiento médico y psicológico.

            Éste va a tener que ser –ojalá lo sea– el cambio fundamental que vivamos con el Plan. Y para eso tiene que haber un mandato todavía más claro. El Plan recoge el periodo de los 30 días para que esa persona tome la decisión de denunciar o no. A nosotros nos parece un plazo del todo insuficiente, porque una persona solamente en un mes, después de todo lo que ha vivido, no puede realmente interiorizar toda la información que tú le estás dando y tomar una decisión tan importante como es si quiere volver a su país o quiere permanecer aquí, y una decisión tan importante y de tanto riesgo como es si quiere denunciar o no quiere denunciar.

            En muchos países empezaron también teniendo un plazo corto de tiempo. Por ejemplo, en Noruega empezaron teniendo un plazo de reflexión de 45 días y ahora mismo lo han ampliado a seis meses. Este margen de tiempo –dicho por las propias fuerzas de seguridad– está permitiendo que las personas puedan, realmente, tranquilizarse, puedan recuperarse física y emocionalmente y puedan decidir con mucha más claridad y sosiego sobre el hecho de interponer una denuncia. Desde luego, la experiencia nuestra es que muchas de ellas dan este paso, y lo dan no tanto por un deseo de revancha, para que paguen los que le han hecho daño, sino muchas veces por un deseo –y a mí me admira– de no querer que le pase a otras mujeres, a otras personas, lo que a ellas.

             Ése es otro de los apartados que hay que valorar: en el caso de la identificación, su situación de riesgo. Nosotros, el mensaje que siempre queremos trasladar –para eso tenemos un teléfono de atención de 24 horas abierto todos los días del año– a cualquier persona, a cualquier institución pública o privada es que, cuando se tenga la más mínima sospecha de que podemos estar ante un caso de trata, hemos de llamar a los recursos especializados.
 
            En relación con la asistencia y la protección, el planteamiento que nosotros hicimos ante el borrador del Plan del Gobierno fue señalar que lo más importante en este capítulo es que se abriera diciendo que todas las víctimas de trata, por lo menos en tres casos principales, tendrían un estatus legal y derecho a todas las medidas de asistencia y protección. Uno, que ya está establecido, el del supuesto de que colaboraran con las autoridades; otro, cuando, por la situación personal de la víctima, se valorara que su necesidad era poder establecerse en España y tener aquí un permiso de residencia legal; y otro, en el que debiera aplicarse la vía de asilo. O sea, establecer tres vías para que las personas que han sido víctimas de la trata pudieran acceder a un estatus legal y a todos los derechos y a todas las garantías.

            El supuesto de la situación personal especial de las víctimas, que lo recoge como una posibilidad el convenio europeo, no ha sido  incorporado, desgraciadamente, por el Gobierno en el Plan, por lo menos de momento. Se trata de aquellas personas que no han denunciado el delito, que no se han atrevido, que no han podido dar el paso de colaborar, pero que por su situación personal, por problemas de salud, porque si vuelven a su país puedan ser rechazadas, estigmatizadas, perseguidas, porque corran el riesgo de ser de nuevo identificadas por las redes y retraficadas, valorando caso a caso, tenga necesidad de un permiso de residencia. Eso, de momento, no se ha incluido.
 
            Sobre este punto vamos a seguir trabajando porque, en algunos de los resquicios que hay en la ley actual, como es el de razones humanitarias, cabe que se incluya. Pero hubiera sido mucho mejor que el Plan abriera ese apartado de medidas de protección a las víctimas con este margen. Eso hubiera supuesto que la asistencia a las víctimas no fuera condicional, que no estuviera condicionada a su colaboración.

            Sin duda ha habido algunos avances con el Plan, como ha sido señalar la necesidad de recursos especializados o de recursos específicos. No quiere decir que no podamos atender a mujeres con diferentes situaciones de violencia, por ejemplo, en un mismo recurso de acogida, pero, desde luego, los propios recursos y los profesionales que trabajan en este ámbito necesitan tener una formación adecuada para atender esta realidad.

            Algunas ideas sobre la persecución del delito. A veces pasa que si defiendes tal cosa se considera que estás negando tal otra. Pues con lo de la persecución del delito ocurre lo mismo: parece que empezar diciendo que la violación de derechos humanos tiene que ser lo central en la lucha contra la trata, supone que estás desestimando el que el hecho de la persecución del delito sea fundamental también. Y, desde luego, ésa no es nuestra intención.

            Nosotros creemos que perseguir e investigar este delito y evitar la impunidad es absolutamente fundamental. Lo que pasa es que eso hay que hacerlo con unos determinados criterios también y sobre una determinada base. Perdonadme el ejemplo, pero a mí me viene a la cabeza como cuando uno ve un coche que lleva una pegatina en la parte de atrás que dice “Cuidado, bebé a bordo”. Pues esto es lo mismo. Vamos a trabajar por la persecución del delito, por que no haya impunidad, pero aquí también hay una señal de “¡cuidado!”. Cuidado, porque estamos hablando de un delito en el que hay involucradas personas, en el que las víctimas centrales y fundamentales son personas. Por tanto, investiguemos y persigamos ese delito, pero evitando la revictimización y evitando la instrumentalización de esas personas; que estén ellas en el centro; que les demos también participación, oportunidad; que las medidas, por ejemplo, de protección de testigos sean medidas reales, y no como ocurre ahora.

            También quiero decir,  sobre la persecución del delito, que creo que es muy importante el fondo que se ha establecido, el que sea una prioridad decomisar los bienes de los tratantes, de toda la gente que se ha forrado explotando a personas, pero que ese fondo –y éste es el matiz que vamos a ver en lo que queda en la práctica– no sólo se destine a medios policiales para luchar contra la trata, y ni siquiera que se destine a ONG dedicadas a la asistencia, que una parte está bien que la destinen a las ONG, pero que la mayor parte vaya a pagar las compensaciones a las víctimas.

            Formalmente, en muy poquitos casos, es verdad, pero en algunos se ha conseguido esa compensación cuando el fiscal ha pedido una indemnización para las víctimas. Pero de qué sirve que eso esté formalmente en una sentencia si el tratante se va a declarar insolvente –por supuesto ninguno de los bienes estarán a su nombre, porque para eso ya sabe muy bien manejarse–. Entonces, la víctima se encuentra con que a lo mejor tiene derecho a una indemnización de 6.000 euros, pero que nunca en la vida va a cobrar. Y como no hay un fondo de compensación a las víctimas para esto, el Estado tampoco lo va a pagar.

            Termino con la coordinación. El Plan establece una medida de coordinación que creemos que puede ser buena, que esperamos que realmente pueda ser un espacio interesante: un foro contra la trata de personas que va a incluir a la Administración pública competente, a representantes de los diferentes ministerios, a ONG...