María Pazos Morán
Pensiones e igualdad de género
(Página Abierta, 212, enero-febrero de 2011).

  Uno de los capítulos del libro de reciente aparición, La reforma del sistema de pensiones (Talasa Ediciones, 2010), está dedicado al análisis de la relación del sistema de pensiones con los principios deigualdad entre hombres y mujeres. Lo firma María Pazos Morán. De este texto extraemos sus conclusiones finales, que sin lugar a dudas nos invitan a debatir problemas importantes. 

            Tal y como está diseñado, y en confluencia con otros mecanismos que fomentan la división del trabajo, el sistema de pensiones empuja a muchas mujeres a la precariedad durante su vida laboral y a la pobreza durante toda su vida. La mayoría de las mujeres mayores se sitúan en el importe mínimo que es común a las pensiones de jubilación contributiva y a las de viudedad. Por otro lado, una minoría importante subsiste con la pensión no contributiva. Ambas cantidades están por debajo de la línea de pobreza. Así, el primer principio del sistema, que es el de la equidad, no se cumple porque no proporciona una pensión digna a una parte importante de la población.

            La pensión de viudedad es un factor que potencia la permanencia de las mujeres casadas en la economía sumergida y/o en la situación de dependencia económica de sus maridos.  Por otro lado, el sistema no contiene incentivos para que las mujeres de salarios bajos coticen más allá de los 15 años que les dan acceso a la pensión mínima. Nos encontramos ante una situación que podríamos llamar de exclusión de la mayoría de las mujeres, no solamente de la percepción de pensiones dignas sino del propio sistema de sustitución de rentas anteriores y de incentivos a la contribución continuada durante toda la vida laboral. Esto, aparte de ser perjudicial para ellas, favorece la permanencia de altas tasas de “inactividad” femenina. En parte permanencia en el hogar y en parte trabajo irregular no declarado, toda esa bolsa de inactividad femenina es una componente muy importante de la economía sumergida, Así, el objetivo de los Pactos de Toledo y de las reformas de las pensiones, que es precisamente la lucha contra la economía sumergida, no parece alcanzarse sino que, por el contrario, se potencia también desde dentro del propio sistema, contraviniendo el otro principio del sistema de pensiones que es el de eficiencia.

            La división del trabajo está en la raíz del problema. Las mujeres tienen menores salarios y más huecos de cotización, en definitiva distinta trayectoria laboral, lo que les ocasiona penalizaciones a la hora de la jubilación. Por otro lado, las reglas del sistema retroalimentan esta desigualdad. ¿Cuál es la solución para la salida de este círculo vicioso? La solución pasa por cuestionarse el paradigma que excluye de la consideración toda la esfera doméstica, tanto en cuanto al trabajo como a las personas implicadas, que siguen siendo mayoritariamente las mujeres. Ese “olvido” hace que todo se distorsione. Reivindiquemos la ampliación del zoom, pues, para considerar la realidad en su conjunto.

            Sin embargo, es importante no caer en otras trampas. Dentro del feminismo, una postura reivindica que se elimine la “contributividad”, es decir, que las pensiones no dependan de las cotizaciones. Esta postura es comprensible, visto que el trabajo doméstico no solamente no reporta beneficios a las mujeres, sino que les penaliza. Pero esta postura no es viable, y ni siquiera es razonable. La contributividad tiene una función importante, que se ha explicado en esta ponencia, de asegurar la suficiencia financiera, luchar contra la economía sumergida y aprovechar eficientemente el capital humano. La realidad, ineludible, es que si las pensiones no dependieran de las cotizaciones muchas personas no cotizarían y el sistema sería insostenible. Es lógico, pues, pretender que las personas contribuyan en la medida de sus posibilidades, a la vez que es también justo atender a todas según sus necesidades. El problema no es que esos principios (equidad y eficiencia) no sean válidos, sino que no se aplican coherentemente.

            Por otro lado, y esta es la otra trampa, la trampa de la diferencia, no es posible compensar a las mujeres por su mayor dedicación al trabajo doméstico. Hay muchos mecanismos en ese sentido, desde la pensión de viudedad a las “paguitas” a cuidadoras o a los reconocimientos de periodos cotizados por excedencias o por partos, Todas estas versiones de la idea del salario al ama de casa han fracasado, pues no han compensado a estas mujeres y se han vuelto contra ellas. Como señala Diane Sainsbury (1), nunca estas migajas podrán llegar a igualar los derechos generados por la inserción en el empleo de calidad. La única solución, pues, es la eliminación de la división del trabajo. Y para ello, hay que orientar todas las políticas al modelo de sociedad de personas sustentadoras/cuidadoras en igualdad.

            El mayor reto para este cambio estructural es el cambio en el comportamiento masculino. El modelo de comportamiento masculino actual se mantiene a base de que las mujeres llevan el peso de la atención a la infancia y a la dependencia, lo que se da a través de dos vías: 1) retirada femenina del empleo (aunque sea temporalmente y/o a tiempo parcial), lo que redunda en precariedad para las mujeres, con o sin cargas familiares, y 2) trabajo precario y sin los mínimos derechos sociales de las mujeres inmigrantes. Aun así, este modelo lleva a un callejón sin salida debido a la crisis demográfica: una sociedad cada vez más envejecida, con menos niños/as, menos personas en edad de trabajar y cuidar; y más personas mayores que necesitan cuidados y recursos.

            Los ejes de actuación para el cambio de modelo son: 1) políticas para que los hombres asuman su 50% del trabajo doméstico y de cuidados, y particularmente los permisos de maternidad y paternidad iguales e intransferibles, junto con políticas educativas igualitarias. 2) Universalización de la educación infantil de calidad desde los 0 años y del sistema público de atención a la dependencia. 3) Horarios más cortos para todas las personas a tiempo completo. 4) Eliminación de todos los desincentivos a la inclusión de las mujeres en el empleo de calidad que se encuentran en todo el sistema de impuestos y prestaciones; en particular los incentivos al tiempo parcial, las excedencias y prestaciones para el cuidado incompatibles con el empleo, la declaración conjunta y, como hemos visto, la pensión de viudedad. 5) Igualdad en la protección social; con especial atención a la inclusión de las empleadas de hogar en el Régimen General de la Seguridad Social y a la equiparación de la pensión no contributiva con el mínimo general de las pensiones (2).

            La adaptación del sistema de Seguridad Social a la sociedad actual exigiría, pues, la eliminación de la pensión de viudedad, como ya lo han hecho en Suecia conjuntamente con otras reformas en pro de la igualdad de género. Esta eliminación tendría que hacerse con  medidas transitorias adecuadas, de tal manera que las viudas actuales sin otro tipo de rentas, y las personas mayores de una cierta edad que ya han sido víctimas de los incentivos adversos, no empeoraran aún más su situación. Para diseñar una reforma que responda a los principios de equidad y de eficiencia, en primer lugar, se debería hacer la pensión de viudedad incompatible con otro tipo de rentas. En segundo lugar, eliminar el derecho para los nuevos matrimonios y para las personas por debajo de una cierta edad. Por otro lado, la pensión no contributiva debería aumentarse hasta un nivel digno, que podría ser el mínimo actual de las pensiones de viudedad y de jubilación, a la vez que ese mínimo general se hace incompatible con todo tipo de rentas personales (que no es el caso de los mínimos actuales). Toda esta reforma haría que el umbral de vida digno fuera el mismo para todas las personas mayores sin ingresos. Para obtener pensiones por encima de ese nivel, todas las personas se verían incentivadas a cotizar durante toda su vida, y no solamente los hombres y las mujeres solteros sin responsabilidad de cuidados.

            La equiparación de las pensiones no contributivas al mínimo del resto de las pensiones sería perfectamente posible en un contexto de cambio estructural.  Hay que tener en cuenta que si muchas mujeres se ven atrapadas en el objetivo de cotizar solamente 15 años es porque las reglas del sistema se juntan con otros incentivos adversos y una gran carga no compartida de trabajo doméstico. Si estas causas se eliminaran, ellas podrían, y tratarían de, cotizar toda la vida, como lo hacen ahora los hombres. Así que no hay ninguna contradicción.

            Solamente tres últimos comentarios: 1) hay que enfocar las políticas públicas en su conjunto, donde cada una es una pieza de la maquinaria, y pensar en reformas conjuntas, de otro modo el puzle no tiene solución. 2) Hay que pensar que todas las reformas deben ir acompañadas de las medidas transitorias para que las personas afectadas se vean atendidas, sin confundir “ceguera” con “neutralidad”. Por ejemplo, la eliminación de la pensión de viudedad no afectará negativamente a las viudas que viven de una de esas pensiones si se toman las medidas transitorias adecuadas. 3) Para hacer posible el cambio de modelo, una condición necesaria es que imaginemos una sociedad donde no haya ninguna diferenciación de roles de género, y sí libertad total para la diversidad entre personas. En definitiva, una sociedad donde cada persona se comporte como desee sin más límites que el respeto a las demás, sin encorsetamientos normativos en categorías sociales, sean estas dos (mujeres y hombres) o más (incluyendo transgéneros). El objetivo del feminismo en el siglo XXI es la eliminación de la diferencia sexual para permitir que florezca la libertad individual y las relaciones libres entre las personas.

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(1) Sainsbury, D. (ed.) (1999): Gender and Welfare State Regimes. Oxford: Oxford University Press.
(2) La mayoría de estas reivindicaciones se encuentran en el manifiesto “Feminismo ante la crisis” (www.feminismoantelacrisis.com).