Ramón Sáez
La misma tendencia endurecedora
Entrevista realizada por M. Llusia.
Abril de 2010.
(Página Abierta, 208, mayo-junio de 2010).

– El legislativo está culminando una nueva reforma del Código Penal. ¿Con qué objetivos se plantea y a qué necesidades responde? ¿Desde qué posición sobre el sistema de justicia penal se han realizado las propuestas que la contienen?

            – Lo primero que llama la atención es que el proyecto de Código Penal se desentiende de una premisa básica: las políticas criminales y penales forman parte de las políticas públicas porque comprometen derechos y libertades de las personas y operan en el espacio de lo que se denomina seguridad ciudadana o colectiva. Pues bien, cualquier esbozo o diseño de política pública debería ir acompañado de información suficiente como para construir el problema y así tomar decisiones. En el ámbito penal no ocurre así. Ningún dato se ofrece al respecto, como si se pudieran adoptar decisiones a la ligera, con base en cualquier opinión o intuición sobre el estado de cosas. Así, resulta que en los últimos años las demandas de intervención siempre pretenden endurecer la respuesta con penas de prisión más duras.

            Nuestro sistema penal se caracteriza por su dureza: contamos con 76.919 presos, 167 por cada cien mil habitantes, cifra que nos sitúa a la cabeza de la Unión Europea en su composición anterior a la última ampliación. Es un dato que no para de crecer y evidencia un abuso de la prisión como pena y como medida cautelar. Encima aquí se cumplen las penas más largas. Al tiempo tenemos la criminalidad violenta más baja y nuestras prisiones están llenas de pobres gentes, de miembros de las clases subalternas, que han cometido delitos contra la propiedad y de tráfico de drogas. Por lo tanto, España tiene un problema diferente al que nos quieren transmitir, un problema de un sistema muy duro y muy injusto, por su alta selectividad en la persecución de los delitos de los desfavorecidos.

            Este proyecto de Código Penal se inserta en la política desarrollada en los últimos diez años, sin atreverse sus autores a proponer elementos de ruptura con esas tendencias.

– ¿Qué aspectos positivos cabe resaltar de la reforma planteada? ¿Y cuáles, negativos?

            – Valoramos positivamente el tratamiento dado a los delitos contra la propiedad intelectual en la medida en que viene a propiciar que no ingresen en prisión los manteros.

            Por otro lado, habrá que ver la incidencia que tiene la responsabilidad penal de la persona jurídica, que supone una innovación interesante.

            Consideramos negativamente muchos aspectos del proyecto, entre ellos: la medida de seguridad pospenitenciaria de libertad vigilada, que viene a añadirse a penas muy largas de prisión con límites de treinta y cuarenta años –lo que plantea ya una prisión perpetua no revisable–; el concepto de grupo, que significa un incremento de la penalidad para la simple codelincuencia; o el endurecimiento de los delitos contra la libertad sexual, que responde a una moda y no a una necesidad.

            Por fin, hay que atender a la nueva figura de la “reiteración” en las faltas de hurto, reivindicada por alcaldes de grandes ciudades, que demuestra la preocupación de nuestros responsables por las infracciones menores y la despreocupación frente a la corrupción urbanística, un fenómeno que hace visibles algunas realidades para invisibilizar otras, sin duda de mayor importancia. Si se quiere actuar con eficacia en ese ámbito, deberían haberse incrementado las penas mínimas de prisión para garantizar, en caso de condena, la prioridad de esa sanción, única con efecto disuasorio. No se ha hecho.

– ¿Qué reforma proponía el PP? ¿Cómo ha actuado el Gobierno socialista en la búsqueda de acuerdos con éste y otros partidos?

            – Éste es un proyecto en sintonía con las políticas penales que vinieron a reformar el Código del 1995 en clave de elevación de las penas y persecución de los desórdenes de los pobres desarrolladas entre 1999 y 2004, por lo que parece razonable el entendimiento entre grupos que propician estrategias conservadoras, si no se introducen otras lógicas de confrontación electoral.

– El grupo de reflexión de la Plataforma “Otro derecho penal es posible”, del que tú formas parte, ha hecho pública hace unos meses  una propuesta de reforma del Código Penal. ¿Cuáles son los principales componentes de esa propuesta?

            – Las propuestas de reforma van encaminadas a desactivar la dureza inusitada de nuestro Código y a la reducción de la población penitenciaria. Así, mediante la ampliación de la atenuante analógica (*); la limitación de los alejamientos entre agresor y víctima inconsentidos que producen sufrimiento inútil y castigan a la mujer; la mejora de las penas alternativas a la prisión como la de trabajos en beneficio de la comunidad; la ampliación de la facultad de suspensión de la pena de prisión; el establecimiento de límites máximos de cumplimiento infranqueables.

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(*) El artículo 21 del CP indica las circunstancias atenuantes de la responsabilidad criminal, especificando en cinco apartados los casos posibles y dejando uno, el 6º, para que albergue “otra circunstancia de análoga significación” a las señaladas antes.   

Ramón Sáez es juez de lo penal de la Audiencia Nacional.