Excepcional, no inconstitucional

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El País, 14 de noviembre de 2023.

 

El texto de la proposición de ley despertará importante rechazo social y político, pero, susceptible de enmiendas en el Parlamento, despeja el horizonte de su conformidad con la Ley Fundamental.

La ley de amnistía, en sus aspectos formales, no plantea problemas al ser tramitada como proposición de ley, pues es una vía prevista en la Constitución y no parece vulnerar las exigencias del Reglamento del Congreso: presentarse acompañada de una exposición de motivos y de los antecedentes necesarios para poder pronunciarse sobre ella; como ha dicho el Tribunal Constitucional, “no cabe reproche alguno a que se trate de una proposición de ley y no vaya acompañada de los dictámenes que, en su caso, exigiría un proyecto de ley” (STC 19/2023). Es una proposición de ley orgánica, cuya aprobación requiere de mayoría absoluta, porque afecta a derechos fundamentales, según sus promotores, algo discutible, aunque sí debe ser orgánica la parte que propone modificar el Código Penal.

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