La urgencia de la reforma constitucional

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El Periódico, 21 de noviembre de 2017.

Este lunes se presentó a la opinión pública un informe elaborado por 10 catedráticos de Derecho Constitucional y de Derecho Administrativo de distintas universidades, titulado Ideas para una reforma constitucional, que pretende impulsarla ofreciendo un diagnóstico de la crisis que  atravesamos y algunos criterios para superarla.

No es extraño que aparezcan informes de este tipo. Los profesores y otros expertos somos consultados en ocasiones acerca de la mejor manera de abordar determinados problemas. A la forma clásica de la consulta personal (la petición de dictamen) se ha unido en época reciente la comparecencia en sede parlamentaria o similar, que se ha desarrollado gracias a la difusión del principio de participación ciudadana. Tanto las Cortes como la mayoría de Parlamentos autonómicos acuden a estas técnicas para preparar las soluciones a problemas complejos, pero en la mayoría de las ocasiones los expertos consultados se limitan a exponer su opinión y contestar algunas preguntas de los parlamentarios, sin profundizar mucho más porque el procedimiento no lo favorece.

Elaboración por consenso

Este caso ha sido distinto porque no ha mediado una petición, ni pública ni privada. Hemos sido los profesores quienes, profundamente preocupados por la situación, hemos tomado la iniciativa de dirigirnos a las instituciones y a la opinión pública para decirles que la reforma de la Constitución es imprescindible y urgente. La mayoría de nosotros ha escrito artículos y libros sobre la reforma de la Constitución, lógicamente en sentido diferente, y la dificultad se encontraba en alcanzar una valoración y unas propuestas aceptadas por todos.

Los profesores pertenecemos a distintas Universidades  y tenemos sensibilidades académicas y políticas claramente diversas (los nombres figuran al final del mismo documento). El estudio se ha preparado en varias sesiones de trabajo a lo largo de 6 meses y se ha elaborado por consenso. Nos hemos reunido por autoconvocatoria, como se decía antes en la universidad, y aunque la mayoría nos conocíamos, no nos une ninguna especial relación personal ni profesional, de manera que constituía un reto trabajar juntos. Hemos razonado con absoluta independencia de posiciones de partido o de escuela, ejerciendo con plenitud la libertad de cátedra que caracteriza nuestra actividad.

El objetivo central del informe es llamar la atención sobre la gravedad de la crisis constitucional y la urgencia de la reforma. La Constitución de 1978 permitió un desarrollo económico-social, político y territorial muy notable durante tres décadas pero en los últimos años atraviesa una crisis profunda. Especialmente en el sistema autonómico se han realizados cambios de gran profundidad sin que se hayan recogido en la Constitución los instrumentos necesarios. ¡Hemos pasado de ser el país más centralista de Europa en 1977, por la herencia franquista, a ser uno de los más descentralizados, sin reformar prácticamente la Constitución en los primeros 30 años! De hecho la Constitución preveía la creación de las comunidades autónomas y sus instituciones pero no contiene normas para el gobierno de un Estado tan descentralizado.

Abordar en primer lugar el Estado autonómico

En el Informe reconocemos la existencia de crisis también en otros ámbitos (instituciones de representación, derechos sociales…) pero creemos que hay que introducir prioridades  y que la revisión de la autonomía debe abrir una “época de reformas” que permita abordar primero el Estado autonómico y después los demás cambios necesarios.

Dentro de la reforma del sistema autonómico, los puntos más relevantes serían el cambio de naturaleza de los Estatutos para convertirlos en equivalentes a las constituciones de los Estados federados, como en Estados Unidos o en Alemania, porque no es razonable que el Estatuto sea a la vez, como ahora es, la norma institucional básica de la comunidad autónoma y ley orgánica del Estado; la distribución de la competencias con reglas que eliminen la gran conflictividad existente y el protagonismo excesivo del Tribunal Constitucional; la participación plena de las Comunidades Autónomas en el Senado; el acceso de las comunidades autónomas a la Unión Europea, siguiendo también el ejemplo alemán, y la introducción de normas claras de financiación en la propia Constitución, actualmente inexistentes.

Las Comunidades con hechos diferenciales podrían actuarlos con reconocimiento de los instrumentos necesarios, esencialmente bilaterales, a diferencia de las demás competencias, que son generalmente multilaterales. Para favorecer la superación de la crisis en Cataluña se añaden a las reformas generales el reconocimiento de sus caracteres singulares, que puede extenderse en el posterior Estatuto o Constitución, y la recuperación de los aspectos negados por la sentencia constitucional no por su contenido sino por recogerse en el Estatuto, que era norma insuficiente.

Además de enfocar estos puntos, tratados de forma general, para dejar espacio a la discusión parlamentaria, el documento incluye varias reflexiones sobre las vías para la reforma (mayorías, consenso, etc.), que derivan de la propia Constitución, partiendo de la distinción básica entre poder constituyente y reforma de la Constitución.

En la historia de España existe una maldición: a diferencia de los países europeos, ninguna Constitución ha sido reformada; todas han acabado por un golpe de Estado o con una revolución. Ya va siendo hora de que aprendamos a reformarla, conservando los aspectos que funcionan bien y modificando aquellos que lo necesitan.

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